
El objetivo prioritario de las prestaciones por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es ofrecer cobertura económica a las personas que han perdido su trabajo pero siempre con la intención de que se reintegren lo más rápido posible al mercado laboral. Esto, obviamente, sucede con la prestación que más abona, el 'paro', que incluso puede llegar a cobrarse mientras se trabaja.
El organismo ha explicado en su perfil de la red social Twitter que esto puede suceder cuando un ciudadano decide darse de alta como autónomo para iniciar su propio negocio. Si en el momento de ese trámite está percibiendo el paro tiene derecho a mantener el cobro de esta prestación siempre que solicite la compatibilidad ante un trabajo por cuenta propia.
De acuerdo con lo que afirma en su página web, el SEPE permite comptabilizar el cobro del paro con el inicio de una actividad como autónomo con vistas al objetivo de "impulsar el empleo". Aunque, eso sí, el ciudadano debe cumplir una serie de requisitos para poder optar a esa compatiblización.
La solicitud de compatibilización se debe hacer en un plazo improrrogable de 15 días desde el inicio de la actividad por cuenta propia. Pueden solicitarla los siguientes grupos:
-Las personas que pasen a realizar un trabajo por cuenta propia, ya sea a tiempo completo o parcial.
-Las personas que se incorporen como socios o socias de sociedades laborales de nueva creación.
-Las personas que se conviertan en socios trabajadores o socias trabajadoras de cooperativas de trabajo asociado de nueva creación.
Si pertenecen a estos colectivos, las personas que soliciten la compatibilización en plazo tendrán derecho a cobrar el paro mientras trabajan por cuenta propia durante un periodo máximo de 270 días. En el caso de que el tiempo de prestación que les quede sea menor, podrán agotarlo en su totalidad.
En estos casos, informa el SEPE en su página web, las personas que cobren el paro pericibrán el 100% de la cuantía que les corresponda con el descuento del IRPF y sin que se le descuenten cotizaciones a la Seguridad Social, ya que las efectuará pagando la cuota pertinente el organismo.
No podrán beneficiarse de esta compatibilización las personas que ya la hayan usado en los últimos 24 meses, cuando hayan solicitado el pago único del paro, cuando su último empleo haya sido como autónomo, cuando comiencen una actividad por cuenta ajena o si inician una actividad por cuenta propia firmando un contrato como autónomo económicamente dependiente (TRADE) con su antiguo empleador por cuenta ajena.
Cómo solicitar la compatibilidad del paro con un trabajo autónomo
Esta compatibilización se puede solicitar de forma online y sin necesidad de disponer de métodos de acceso como el certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o Cl@ve permanente).
Será a través de la pre-solicitud de prestación individual y otros trámites disponible en este enlace de la Sede Electrónica del SEPE, introduciendo el DNI o NIE e indicando el trámite que se trata de una 'Pre-solicitud de prestación individual'. El sistema le enviará a una nueva página en la que tendrá que indicar el subtrámite correspondiente, 'Compatibilidad trabajo cuenta propia'.
Después, el interesado o interesada tendrá que ir rellenando todos los campos relacionados con sus datos personales (nombre, apellidos, fecha de caducidad del DNI, nombre del padre y de la madre), de contacto (dirección, código postal, número de teléfono, correo electrónico) y de domiciliación bancaria. Además, podrá rellenar, si así lo desea, un apartado con las observaciones pertinentes. Por último tendrá que cumplir con la verificación de seguridad y enviar la solicitud.