
Una de las condiciones de cumplimiento obligado para cobrar la prestación contributiva por desempleo (conocida tradicionalmente como el paro) es tener un periodo mínimo de cotización. Sin embargo, en caso de no llegar a ese tiempo cotizable se ponen a disposición de los trabajadores otro tipo de prestaciones que podrán cobrar si reúnen ciertos requisitos.
Es el caso de las personas que no han llegado a cotizar un año (en concreto, 360 días), condición indispensable para poder cobrar el paro. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha recordado a estas personas a través de su perfil de la red social Twitter que tienen derecho a pedir otra prestación, el subsidio por cotizaciones insuficientes.
No llegar a ese tiempo cotizado no es la única condición. Tal y como explica el SEPE en su página web, existen otros requisitos que hay que cumplir igualmente para poder acceder a esta prestación. Son los siguientes:
-Estar desempleado o desempleada y en una situación legal de desempleo. De acuerdo con el SEPE, una situación legal de desempleo es cualquiera de las "causas por las que finaliza o se suspende la relación laboral que no dependen de la voluntad de la persona trabajadora". En este enlace aparece un listado de dichas causas que constituyen una situación legal de desempleo.
-Estar inscrito como demandante de empleo y permanecer así durante todo el tiempo que dure el cobro del subsidio. La inscripción como demandante es obligatoria para optar a cualquier prestación del SEPE y su obtención se consigue de forma presencial o en la Sede Electrónica, siendo responsabilidad de los servicios autonómicos de empleo.
-Haber cotizado por desempleo (un 1,55% de la base de cotización por desempleo en nuestra nómina y un 5,5% de aportación empresarial: al menos tres meses en personas con cargas familiares y seis meses en el resto de los casos.
-No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. A partir de septiembre de 2021, el 75% del SMI es de 723,75 euros mensuales.
En caso de cumplir estos requisitos, se podrá cobrar la prestación. El SEPE contempla que cuando no se cumplan los requisitos de rentas o de responsabilidades familiares pero posteriormente, y en un plazo inferior a un año, sí se acrediten, el trabajador también tendrá derecho a cobrar el subsidio por cotizaciones insuficientes.
La cuantía de este subsidio es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que tras la subida de un 2,5% estipulada en los Presupuestos ha dejado esta cuantía en 463,21 euros mensuales.
La duración del subsidio depende tanto de la cotización previa como de si existen responsabilidades familiares. Así, las personas sin responsabilidades familiares tendrán derecho a cobrarlo seis meses, mientras que en el caso de personas que sí tengan esas responsabilidades familiares pueden darse dos casos:
-Si han cotizado tres, cuatro o cinco meses, su duración será de tres, cuatro o cinco meses, respectivamente.
-Si han cotizado entre seis y once meses, tendrán derecho a cobrarlo hasta 21 meses. El primer periodo será de seis meses y posteriormente podrá prorrogarse en otros periodos de seis meses.