Economía

Qué hacer si tienes deudas con la Seguridad Social: así puedes aplazarlas

  • Si se cumplen los requisitos, se puede hacer por un máximo de cinco años
  • Durante ese tiempo, se considerará al ciudadano al día con el organismo
  • No siempre se es posible: hay deudas consideradas como 'inaplazables'
Foto: Dreamstime.

Estar al corriente de pago con la Seguridad Social es algo imprescindible. No solo por el hecho de cumplir con las obligaciones como ciudadano, también es necesario de cara a poder cobrar ciertas dependientes del organismo. Por todo esto, cuando los ciudadanos no pueden asumir estas obligaciones se encuentran en un serio problema.

En algunos casos, no obstante, podrán pedir el aplazamiento de las deudas con la Seguridad Social. El propio organismo lo ha explicado en su perfil de la red social Twitter, aunque no siempre se puede acoger a este mecanismo: "Te será concedido si reúnes una serie de condiciones".

La Seguridad Social recoge en su página web las deudas que pueden aplazarse: cuotas o deudas que tengan otra categoría, sus recargos y los que se aplican a "prestaciones económicas debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales originados por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo sólo podrán aplazarse cuando se garanticen íntegramente con aval".

Para poder aplazar estas deudas, además de tener la condición de 'aplazables', el ciudadano deberá pagar las inaplazables (cuotas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y las de autónomos o asimilados), se deben dar las garantías a las que obligue la Seguridad Social y pagar las cuotas corrientes.

En caso de cumplir con todo, el solicitante del aplazamiento podrá ver aplazadas sus deudas con la Seguridad Social hasta un máximo de cinco años. Durante ese tiempo estará considerado como al día con el organismo y el procedimiento recaudatorio de esas deudas quedará paralizado.

Para pedir el aplazamiento de las deudas con la Seguridad se debe presentar la solicitud de aplazamiento de pago, el modelo TC 17/10, en el que se deben incluir el importe de la deuda, las circunstancias que obligan a este aplazamiento y el calendario de pagos y de aplazamiento.

Junto a este modelo, también se deben adjuntar el modelo TC 17/11 de reconocimiento de deudas con la Seguridad Social, el modelo TC de liquidación inaplazable, el modelo TC de liquidación aplazable, el TC-2 de relación nominal de los trabajadores de la empresa y el resto de documentación que se le pueda solicitar en función de la situación.

Cómo se solicita un aplazamiento de deudas a la Seguridad Social

-De forma presencial, en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Administración de la Seguridad Social o la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social que corresponda por su domicilio, así como en las oficinas de correos, representaciones diplomáticas, oficinas consulares o registros de cualquier órgano administrativo perteneciente a la Administración General del Estado, de una comunidad autónoma o una administración legal.

-De forma telemática, en el servicio 'Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social' disponible en este enlace y siempre que se disponga de certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), usuario + contraseña o Cl@ve PIN.

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