Con el objetivo de simplificar el acceso a los servicios disponibles de la Seguridad Social, el organismo ha ampliado a 57 el número de trámites que se pueden realizar mediante SMS, sin necesidad de otro tipo de acceso telemático.
El organismo pone a disposición de los ciudadanos un enlace en el que se encuentran los 57 servicios que actualmente se prestan a través de SMS. De todos ellos, estos cuatro han sido los últimos en incorporarse a dicha lista.
-Alta Trabajadores Régimen Especial del Mar por cuenta propia
-Baja Trabajadores Régimen Especial del Mar por Cuenta Propia
-Eliminación Altas/Bajas previas Régimen Especial del Mar por Cuenta Propia
-Resolución (duplicado) de alta/baja en el Régimen Especial del Mar por cuenta propia
En la página web de su revista, la Seguridad Social ha informado de que, con un teléfono móvil que esté registrado en sus bases de datos, se usará un código de un solo uso que llegará a nuestro dispositivo y permitirá la realización de los nuevos servicios y los que ya estaban incluidos anteriormente.
La Seguridad Social explica que este sistema se basa en "la seguridad de la identificación del usuario en el conocimiento por parte de éste de una serie de datos personales y en la posesión del dispositivo móvil". Para registrar este teléfono, el usuario se podrá servir del servicio 'Te Ayudamos' del organismo.
Para poder realizar este tipo de trámites, el procedimiento es el siguiente. En primer lugar, hay que acudir al listado de servicios anteriormente citado y clicar en él. El sistema nos pedirá qué tipo de acceso queremos y, al pulsar, vía SMS, tendremos que aportar información: nuestro NIF o NIE, la fecha de nacimiento y el número de teléfono móvil.
Con estos datos, el sistema le enviará ese código de un solo que se debe introducir para poder realizar el trámite en cuestión, obtener el informe requerido, descargarlo...
La Seguridad Social, eso sí, advierte de que puede haber algún que otro problema en el acceso. Los errores más frecuentes, explica, son fallos en la introducción de los datos o que estos sean incorrectos, además de que el teléfono aportado no esté registrado en la Seguridad Social.
A modo de resumen, el organismo informa de que estos fallos suelen obedecer a "que falta teclear alguno de los datos del formulario de control de acceso, errores en el tipo de documento de identificación o formato inválido del documento; errores relacionado con el número de teléfono móvil introducido o en la fecha de nacimiento tecleada".