
La Agencia Tributaria (Aeat) ha elaborado dos guías para orientar a los perceptores de Ertes y del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Además reforzará la asistencia personalizada para facilitar la presentación de la declaración y la resolución de dudas a los contribuyentes que hayan cobrado el año pasado en algún momento prestaciones del Sepe por haber estado en un expediente temporal de empleo. Aunque el Gobierno habla de unos 3,5 millones de personas las que han cobrado Erte, el investigador de Fedea, Florentino Felgueroso, calcula que han superado los cuatro millones, aunque el pico máximo fue de 3,4 millones de personas en abril. A 31 de diciembre se habían tramitado 160.000 solicitudes del IVM.
En el caso de los trabajadores que hayan cobrado en algún momento durante el pasado año del Sepe por estar en un Erte, Hacienda recuerda que esta prestación es un rendimiento del trabajo sujeto al IRPF y no exento, y concreta que la problemática con la que se pueden encontrar los beneficiarios son dos: la posibilidad de resultar obligados a presentar declaración al contar con dos pagadores, su empleador y el propio Sepe, o haber recibido abonos del Sepe no procedentes.
Fuentes del Ministerio de Trabajo adelantaron a eE que habían cerrado un acuerdo con la Aeat para remitirles regularmente los datos fiscales de los perceptores de la prestación para evitar los efectos de los abonos no precedentes que hayan podido recibir. No obstante, el responsable de la Agencia recordó hace unos días que los afectados pueden declarar por lo que realmente hayan recibido del Sepe.
La Agencia Tributaria recuerda que el Sepe no retiene por los cobros menores
No obstante, según informó este miércoles Hacienda, la Agencia Tributaria iniciará el envío de cartas informativas a aquellos perceptores de Erte que no presentaran declaración en la Campaña de Renta del año anterior -y que este año estará obligada si supera los 14.000 euros- y reforzará la asistencia personalizada para facilitar la presentación de la declaración y la resolución de dudas a los perceptores.
Con carácter general, los contribuyentes tienen que presentar declaración por IRPF cuando sus rendimientos del trabajo superan los 22.000 euros. Ahora bien, cuando cuentan con dos o más pagadores, como en el caso de los beneficiarios de un Erte, -su empresa más el Sepe-, ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros.
Según adelantó este martes la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, el pasado año unos 327.000 contribuyentes afectados por Erte están obligados a declarar a pesar de no llegar a los 22.000 euros al haber incurrido en la regla de los dos pagadores y el segundo de ellos con importe superior a 1.500 euros.
La Aeat recordó en su comunicado que el Sepe no tiene obligación de retener cuando las cuantías que ha abonado durante el año no superan los 14.000 euros, y dice que las retenciones, en la medida en que puedan estar ajustadas a los ingresos del contribuyente en el conjunto del año, simplemente anticipan el impuesto que finalmente debe pagar ese contribuyente. Así, afirma que el contribuyente no obligado a presentar declaración también soporta el IRPF a través de las retenciones mensuales.
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