El Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha sido una de las medidas estrella del actual Gobierno de coalición. Con casi un año de vida, el Ejecutivo calcula que beneficie a casi un millón de hogares en toda España. Sin embargo, aún con muchas dudas y trabas, una vez aprobado cada banco tiene sus plazos de pago siempre dentro de lo estimado por la ley.
En el texto del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, en concreto en su artículo 11, se cita cuándo se cobra el IMV. "El derecho a recibir la prestación nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud". Así pues, el día 1 de cada mes se cobrará esta ayuda. En el caso de abril, cae en jueves.
Sin embargo, es en su segundo punto cuando se explica que "este pago se realizará mediante transferencia bancaria, a la cuenta del titular que ha solicitado esta prestación". Por ello, de la misma forma que sucede en otros pagos, como las pensiones, la entidad puede adelantarse.
Además, en el caso de ser en abril el primer pago, esta ayuda dependerá de si tuvo la aprobación antes de cerrarse la nómina (10-12 de marzo). De ser así, se ingresará en abril, mientras que de lo contrario, el primer pago llegará en mayo.
#Duda Me acaban de aprobar el IMV ¿Cuándo voy a cobrarlo? Depende de cuándo se te aprobó:
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) March 23, 2021
????Si fue antes de cerrarse la nómina (10-12 de marzo), lo cobrarás el primer día hábil de abril.
????Si fue después, lo cobrarás el primer día hábil de mayo.
??El día exacto depende del banco
Tal y cómo han ido indicando las distintas entidades a lo largo de estos meses, estos son los días en los que se procede el pago de la ayuda por el IMV (del mes siguiente):
- Santander: en el caso de abril, miércoles 24 de marzo.
- CaixaBank: 25 de marzo.
- BBVA: 25 de marzo.
- Abanca: entre el 23 y el 25 de marzo.
- Bankinter: entre el 23 y el 25 de marzo.
- Ibercaja: entre el 23 y el 25 de marzo.
- ING: 25 de marzo.
- Bankia: 25 de marzo.
- Sabadell: entre el 23 y el 25 de marzo.
- Liberbank: 25 de marzo.
- Cajasur: Dia 25 de marzo.
- Unicaja: 29 de marzo.
- DeutscheBank: 26 de marzo.
- Kutxabank: 25 de marzo.
- Laboral Kutxa: 26 de marzo.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al IMV?
La página web del ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 los detalla:
- Tener 23 años o más o ser mayor de edad si se tiene hijos a cargo.
- No ser beneficiario de pensiones contributivas de jubilación o incapacidad permanente, así como de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez.
- Cumplir al menos un año de residencia en España.
- Haber vivido de forma independiente un año en el caso de familias y tres en el caso de personas individuales.
- En el caso de unidades de convivencia, que esta se haya formado un año antes de la solicitud.
- Solicitar previamente las prestaciones a las que pudiese tener derecho.
- Estar registrado como demandante de empleo.
¿Cómo pedir el IMV?
La persona interesada ha de presentar una solicitud en los canales telemáticos de la Seguridad Social, aunque también hay dos vías extra: solicitarlo por correo ordinario o en las entidades locales y Comunidades Autónomas que hayan firmado convenios para la gestión de este trámite.
- DNI, certificado de nacimiento o libro de familia para acreditar la identidad.
- Certificado de empadronamiento para acreditar la residencia.
- La inscripción en el registro central de extranjeros, la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o la autorización de residencia para acreditar la residencia legal en España.
- Certificado de empadronamiento, libro de familia, inscripción en el registro civil o de parejas de hecho para acreditar la unidad de convivencia.