
Es la gran pregunta del contribuyente cuando se dispone a hacer el borrador: ¿me saldrá la Renta 'a pagar' o 'a devolver'? Obviamente, aunque el propósito primero de la declaración de la Renta es el de saldar la situación del ciudadano respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) siempre está en la cabeza de los contribuyentes conseguir el mejor resultado posible.
Cuando una persona accede al borrador de la Renta usando cualquiera de las tres alternativas disponibles, puede conocer el resultado de su declaración en ese primer momento en el 'Resumen de declaraciones'. Ahí aparecerá, en un número azul debajo de la modalidad correspondiente, el resultado de la declaración, que será 'a devolver' si tiene signo negativo y 'a pagar' si tiene signo positivo.
Sin embargo, una vez el ciudadano se sumerge en la declaración y empieza a introducir los datos correspondientes a las deducciones autonómicas o estatales, ese resultado variará en función de dichos descuentos. El ciudadano puede volver a ese 'Resumen de declaraciones', pero también puede consultar una casilla dentro del borrador para conocer si la Renta le sale 'a devolver' o 'a pagar'.
Se trata de la casilla 610 del borrador, la correspondiente a la cuota diferencial. El importe reflejado en esta casilla refleja el resultado de una operación: la resta de los pagos a cuenta a la cantidad correspondiente a la cuota resultante de la autoliquidación.
Los pagos a cuenta incluyen las retenciones que los ciudadanos tienen en sus ingresos por el IRPF e independientemente de su origen: por rendimientos del trabajo, por rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario, por rendimientos de actividades económicas, por ganancias patrimoniales...
Así, si el contribuyente ha sufrido tantas retenciones que, tras restar esos pagos a cuenta a la cuota de la autoliquidación, la cantidad es negativa se encontrará ante una declaración 'a devolver' porque Hacienda la retuvo demasiado por el IRPF. Y, por el contrario, si esa cantidad fue escasa, la declaración es 'a pagar' para compensar esas retenciones insuficientes.
Además de la pista que da al contribuyente el dato de esta casilla, el contribuyente siempre tiene la opción de regresar al 'Resumen de declaraciones' en el que aparecerá el resultado de la declaración tras los cambios. Sin embargo, con la consulta a la casilla 610 (y anteriores) es más fácil comprender cómo se ha llegado a ese resultado.
Las tres formas de conseguir el borrador de la Renta
Se puede acceder al borrador de la Renta de tres formas diferentes de forma online. Es preciso, eso sí, hacerlo desde la página web de la Agencia Tributaria, en este enlace que pertenece a la sección de Renta (y también en la app móvil de la Agencia Tributaria). Hay que escoger la opción 'Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)'.
-Con certificado digital o DNI electrónico. Se puede conseguir un certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en estos cuatro sencillos pasos.
-Con Cl@ve. Siguiendo estos pasos el contribuyente puede registrarse en el sistema Cl@ve para descargarse Cl@ve PIN o permanente.
-Con el número de referencia. Este número se obtiene a partir del dato de la casilla 505 de la declaración de la Renta del ejercicio pasado.