Declaración de la renta

Todos los gastos escolares y de guardería que te puedes desgravar en la Renta 2020-2021, por comunidades

  • No todas las comunidades contemplan este tipo de deducciones...
  • ...que se centran en gastos de material escolar, guardería o idiomas
Foto: Dreamstime.
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Las circunstancias personales son un elemento muy a tener en cuenta en la Campaña de la Renta, ya que nos pueden suponer importantes beneficios. Para las familias, al margen de condiciones como las de familia numerosa, el hecho de tener hijos y tener que realizar gastos escolares a lo largo del año puede dar derecho a deducciones clave en nuestra declaración.

Muchas comunidades autónomas contemplan diversas deducciones autonómicas para beneficiar a los contribuyentes que han realizado pagos por gastos escolares en diferentes conceptos (material escolar, enseñanza de idiomas...). Son las siguientes:

Aragón

-La comunidad aragonesa contempla una deducción del 100% en gastos en libros de texto y material escolar en Educación Primaria y Enseñanza Secundaria Obligatoria, con unos limites que varían en función del tipo de declaración (conjunta o individual) o la base imponible del contribuyente que se pueden consultar en este enlace.

-También tiene una deducción de gastos por guardería para menores de 3 años del 15% de las cantidades pagadas con un límite de 250 euros (125 si el hijo cumple 3 años en el periodo impositivo). La suma de las bases liquidables general y del ahorro no deben superar los 35.000 euros en tributación individual y 50.000 en conjunta.

Asturias

-El Principado tiene una deducción del 100% de los gastos por libros de texto y material escolar tanto en Educación Primaria como en Enseñanza Secundaria Obligatoria. El límite para familias numerosas es de 75 euros en declaración individual y de 150 en conjunta, y para el resto de familias existen una serie de límites en función del tipo de declaración y la suma de la base imponible general y del ahorro que se pueden ver en este enlace.

-También tiene una deducción de gastos en centros (guarderías o similiares) para menores de 0 a 3 años, de un 15% de las cantidades pagadas hasta un límite de 330 euros por descendiente. La suma de la base imponble general y del ahorro no debe superar los 25.009 euros en tributación individual y 35.240 en conjunta.

Baleares

Esta comunidad tiene dos deducciones diferentes:

-Por gastos de adquisición de libros de texto: el 100% de las cantidades pagadas con unos límites en función del tipo de declaración y la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro (se pueden comprobar aquí). Además, para acogerse a esta deducción, la base imponible general y del ahorro no puede superar los 12.500 euros en tributación individual y los 25.000 en conjunta.

-Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros: el 15% de las cantidades pagadas (con un límite de 100 euros por hijo) desde el segundo ciclo de Educación Infantil hasta el Bachillerato y/o ciclos de Formación Profesional. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede ser mayor de 12.500 euros en tributación individual y de 25.000 en conjunta.

Canarias

El otro archipiélago también tiene dos deducciones en este campo:

-Por gastos de estudios: afecta a Educación Infantil, Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de grado medio y permite la deducción del 100% de las cantidades pagadas el material escolar, libros de texto, transporte, uniforme, comedor y refuerzo educativo, hasta un límite un límite de 100 por el primer descendiente y 50 adicionales por cada uno de los siguientes. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 39.000 euros en tributación individual y los 52.000 en conjunta.

-Por gastos de guardería: el 15% de los gastos satisfechos en el periodo impositivo con un límite de 400 euros por niño, siempre que la suma de la base imponible general y del ahorro no sea superior a 39.000 euros en tributación individual y 52.000 en conjunta.

Cantabria

-La comunidad cántabra tiene una deducción por gastos por guardería consistente en el 15% de las cantidades pagadas con un límite de 300 euros por hijo menor de 3 años. La suma de la base liquidable general y del ahorro no debe superar los 22.946 euros en tributación individual y los 31.485 en conjunta.

Castilla-La Mancha

-Dentro de las deducciones de la comunidad manchega se contempla una por gastos en libros de texto y enseñanza de idiomas, del 100% y el 15% respectivamente, de las cantidades abonadas en estos conceptos con un límite marcado por el nivel de ingresos, tipo de declaración y tipo de familia que se puede consultar en este enlace.

Extremadura

-La región extremeña tiene una deducción por la compra de material escolar de 15 euros por cada descendiente de entre 6 y 15 años a cargo del contribuyente, siempre que la suma de la base imponible general y del ahorro no llegue a 19.000 euros en tributación individual y 24.000 en conjunta.

Galicia

-Una deducción por cuidado de hijos menores en centros para niños de entre 0 y 3 años del 30% de las cantidades pagadas, con un límite de 400 euros o 600 si hay dos o más niños. Los dos progenitores han de desarrollar actividades por cuenta propia o ajena y la suma de las bases imponibles general y del ahorro menos los mínimos personales y familiares no deben superar los 22.000 euros en tributación individual y los 31.000 en conjunta.

Madrid

-La comunidad madrileña, dentro de sus deducciones, tiene una por gastos educativos que permite la deducción del 5% de los gastos de vestuario de uso escolar, del 10% de los gastos de enseñanza de idiomas y del 15% de los gastos de escolaridad obligatoria en familias con hijos en segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, Enseñanza Obligatoria y Formación Profesional Básica. La deducción máxima será de 400 euros (900 para las familias que paguen gastos por escolaridad) y de 1.000 en casos de hijos en Educación Infantil (de 0 a 3 años). El límite de renta, además, no puede ser superior a la multiplicación por 30.000 de todos los miembros de toda la unidad familiar.

Murcia

-Una deducción por gastos de guardería del 20% de las cantidades pagadas por preinscripción, matrícula, alimentación y vestuario con un límite de 1.000 euros por hijo, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no superen los 35.000 euros en tributación individual y los 50.000 en conjunta.

-Una deducción por gastos de material escolar y libros de texto de 120 euros por cada descendiente en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede ser superior a los 20.000 euros en tributación individual y los 40.000 en conjunta (33.000 y 53.000 en familias numerosas).

La Rioja

-Por gastos en centros o escuelas infantiles de 0 a 3 años: el 20% de las cantidades (30% para pequeños municipios, los que estén en esta lista de la Agencia Tributaria) con un límite de 600 euros por hijo y siempre que la base liquidable general sometida a tributación no supere los 18.030 euros en tributación individual y los 30.050 en conjunta, además de que la base liquidable del ahorro no exceda los 1.800 euros.

Comunidad Valenciana

-De entre todas sus deducciones autonómicas, la región valenciana permite deducir el 15% de los gastos de guardería o centros de primer ciclo de educación infantil para la custodia de hijos o acogidos de forma permanente menores de tres años, con un límite general de 270 euros por niño. La suma de la base liquidable general y la del ahorro no debe superar los 25.000 euros en tributación conjunta y 40.000 euros en conjunta. Hay una serie de límites cuantitativos concretos detallados en este enlace.

-También tiene otra deducción por la adquisición de material escolar, que es de 100 euros por hijo escolarizado si se está en situación de desempleo o inscrito como demandante en un servicio público, y si se cumple que la suma de la base liquidable general y del ahorro no supere los 25.000 euros en declaración individual y los 40.000 en conjunta.

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