Protección de datos
Una persona jurídica es responsable tanto de las infracciones cometidas por sus representantes, directores o gestores, como de las cometidas por cualquier otra persona que actúe en el marco de su actividad empresarial y en su nombre, por lo que no es necesario que la infracción haya sido cometida por su órgano de gestión ni que éste tuviera conocimiento de ella, según establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en sentencia de 5 de diciembre de 2023.