Redactor de Economía en elEconomista
Temporalidad en la Administración

Los funcionarios interinos (aquéllos que no cuentan con plaza fija) tienen derecho a la reserva de su puesto de trabajo a la vuelta de una situación de servicios especiales o excedencia voluntaria. No reconocerlo así, explican unas conclusiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) presentadas ayer, sería discriminatorio frente a los funcionarios de carrera, cuya plaza está garantizada.

Sentencia de la Audiencia Nacional

La Justicia rechaza que las empresas puedan disponer de la imagen de sus trabajadores a través de una cláusula tipo incluida en un contrato de trabajo genérico. Por el contrario, tal y como determina la Audiencia Nacional (AN) en una sentencia de 15 de julio de 2017, los empleados deben autorizar de forma específica cada caso en el que la compañía emplee su imagen para los servicios que presta.

Análisis | Pedro del Rosal

España no es un Estado autoritario ni Cataluña es una colonia oprimida y saqueada, tal y como desacomplejadamente proclama el independentismo.

Mecanismos para resolver al desafío soberanista

La amenaza de Generalitat de desobedecer al Tribunal Constitucional y, saltándose la ley, convocar un referéndum el 1 de octubre, acerca al Estado a un enfrentamiento jurídico e institucional sin precedentes.

Modificación de las condiciones de trabajo

El Tribunal Supremo (TS) rechaza que un intercambio de emails entre la empresa y los representantes de los trabajadores pueda considerarse una verdadera negociación. Así, cuando para la adopción de determinadas medidas de especial trascendencia que afecten a los trabajadores (como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo o un despido colectivo), el Estatuto de los Trabajadores (ET) exige que se abra un periodo de consultas entre la compañía y los sindicatos, en éste debe producirse un auténtico contraste de información, opiniones y propuestas, algo que no se satisface con el envío y recepción de correos electrónicos.

unificación de doctrina

El Supremo rechaza concederla con un porcentaje inferior y que pueda alcanzarse el máximo con trabajos posteriores

Unificación de doctrina

El Tribunal Supremo (TS) rechaza que pueda accederse a la jubilación activa (que permite seguir trabajando y cobrar el 50% de la pensión) si no se ha alcanzado el 100% de cotización al cumplir la edad exigida por ley para poder solicitar la jubilación. Así lo determina en una sentencia del 30 de mayo de 2017 con la que pone fin a los distintos criterios que habían arrojado los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) que, en algunos casos, habían admitido concederla con un porcentaje inferior, alcanzándose el 100% con las cotizaciones de los años posteriores.

Condición más beneficiosa

El Tribunal Supremo (TS) rechaza que la empresa pueda dejar de considerar como tiempo efectivo de trabajo la pausa para el bocadillo de forma unilateral, también en los casos en que esta circunstancia fuera admitida por el empresario sin estar recogida en el convenio. Así lo determina en una sentencia del 13 de julio, de la que ha sido ponente la magistrada Segoviano Astaburuaga.