Tribuna
01/10/2019, 18:28
Tue, 01 Oct 2019 18:28:21 +0200
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Una vez más el Tribunal de Justicia de la Unión Europea nos ha dado nuevas pistas sobre cómo debe configurarse el llamado derecho al olvido en Internet. Ya lo hizo en su conocida Sentencia de 13 de mayo de 2014, dictada en el caso Mario Costeja, en la que dejó claro que los responsables de los motores de búsqueda en Internet deben atender las peticiones que reciban en relación con la desindexación de resultados de búsqueda de personas.