tribunal europeo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece que la aerolínea que haya operado el primer vuelo en un viaje con escalas está obligado a compensar a los pasajeros que hayan sufrido un gran retraso en la llegada del segundo vuelo operado por otra compañía no comunitaria. "Un vuelo con una o más conexiones directas que ha sido objeto de una reserva única constituye una unidad a efectos del derecho a compensación de los pasajeros previsto por el Reglamento Europeo", subraya la sentencia, dictada hoy.