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Fri, 22 Nov 2024 06:35:00 +0100
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El Tribunal Supremo (TS) abre la puerta a que las compañías paguen mayores indemnizaciones a los trabajadores por incumplir con la nueva obligación que implantó en los casos de despido disciplinario. El fallo, del pasado 18 de noviembre, cambia su doctrina tras cuarenta años e impone a las compañías que vayan a realizar un despido disciplinario (cuando se echa al trabajador por incumplimiento o falta grave) a celebrar antes una audiencia previa para que el empleado tenga la oportunidad de defenderse. Aunque el Estatuto de los Trabajadores no recoge esta obligación, el Supremo considera que como sí se establece en el Convenio con la OIT (Organización Internacional del Trabajo), que España aplica desde 1986, la norma internacional rige sobre la nacional.