Los intereses de demora que la Agencia Tributaria paga al contribuyente por la devolución de ingresos indebidos tributan en el IRPF. Así lo confirma la Dirección General de Tributos (DGT) en respuesta a una contribuyente a la que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), tras una reclamación económico-administrativa dictada en julio de 2022, le devolvió lo debidamente ingresado por el IRPF de 2013 junto a los intereses de demora.