Notaria de Madrid y Académica de Número de la RAJYLE. Consejera Editorial de elEconomista
Opinión

La L.O 1/ 2025, de 2 de enero de medidas en materia de eficiencia del Servicio público de Justicia, introduce en su Título II los denominados medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC), reconocidos en esta u otra ley estatal o autonómica a las que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial al mismo y sea por sí mismas o con la intervención de una tercera persona neutral. (Art. 2).

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España no está en guerra. La declaración para estarlo se regula en el artículo 63.3 de la Constitución que señala: «Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz». Esta situación no se ha dado, afortunadamente, desde la publicación de la Constitución y cuarenta años atrás. Por ello, se incorpora en Defensa el concepto Operaciones fuera del territorio nacional al de Guerra.

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Como sabemos, el R (UE) 2024/1869, de 13 de junio de 2024 supone la primera normativa de una organización internacional que aborda los sistemas de la Inteligencia Artificial (IA).

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Analizado el marco normativo en la anterior Tribuna, así como el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, en el ámbito del registro de los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración (turísticos o no) corresponde ahora realizar una aproximación a la práctica de la modificación que realiza la L.O. 1/2015 en el contexto exclusivo de los arrendamientos de uso turístico tanto en relación a su ley reguladora 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (LAU, modificada por RDL 7/2019) como a la Ley 49/ 1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal (LPH), también en redacción dada por el mismo RDL 7/2019.

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La necesidad de implementar medidas en materia de vivienda que alivien su escasez y la escalada de precios, con la consecuencia de un difícil acceso a la misma para las generaciones más jóvenes, presenta diversos obstáculos, entre los que destaca la dificultad de una política común, derivada de la estructura competencial prevista en la Constitución española.

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La propuesta de Reglamento sobre protección de adultos, que ya ha sido analizada en esta tribuna, en negociación desde junio de 2023, se integrará en el Derecho europeo en el nuevo ámbito del Derecho de la persona, que completa el Derecho de Familia y Sucesiones. Supone un indudable beneficio para la libre circulación de personas en el territorio de la Unión Europea, tanto respecto de las medidas adoptadas por la autoridad competente nacional -ahora Tribunal, comprensivo de autoridades judiciales y autoridades extrajudiciales- junto a las Autoridades centrales, como en relación a las medidas voluntarias que la persona adulta adopte en previsión de una futura discapacidad, las cuales se realizan en España y en numerosos Estados miembros ante notario.

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La Directiva (UE) 2024/2853, de 23 de octubre de 2023, es la última aprobada en el elenco de la Justicia Civil y fue finalizada y publicada durante la Presidencia española, que fue una Presidencia dorada, en cuanto fue completa siendo la belga limitada por las elecciones al Parlamento europeo. La Directiva sustituye a la Dir. 85/374/CEE.

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La Declaración de Budapest ha puesto el acento en un nuevo pacto para la competitividad de las empresas europeas, a fin de consolidar el liderazgo económico de Europa. Valgan algunos datos, Europa es un Mercado único de 440 millones de consumidores y 23 millones de empresas, que representan alrededor del 17% del PIB mundial. En términos geopolíticos constituye la zona económica exclusiva más importante del mundo que cubre 17 millones de kilómetros cuadrados.

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El año 2024, final de la novena legislatura europea, se caracteriza por la aprobación de un importante paquete legislativo de propuestas previamente adoptadas en materia digital, todas ellas en desarrollo de la Estrategia Europea de Datos, basada en la creación de un mercado de datos y su gobernanza.

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La referencia europea a los sistemas de inteligencia artificial está constituida por el Reglamento (UE) 2024/1689- RIA- El Reglamento constituye la primera ley que será aplicable en un territorio, en este caso supranacional, con carácter obligatorio en todos sus elementos, si bien su estructura es abierta, por razón de la materia, exigiendo constante desarrollo y evaluación a través de actos delegados y de ejecución de la Comisión.