Vivienda - Inmobiliario

Un experto en vivienda avisa a los propietarios de lo que viene en julio: "Multas de hasta medio millón de euros"

 

Julio se presenta con novedades para los propietarios, y no estar al tanto les puede costar una multa de hasta medio millón de euros. Así lo avisa el director general y cofundador de Excellence Circle y divulgador en redes sociales Sergio Gutiérrez en uno de sus últimos vídeos en redes sociales, donde advierte de una nueva normativa que obliga a inscribir todos los inmuebles destinados al alquiler turístico o de temporada en el Registro Único de Arrendamientos si quieren seguir anunciándose como tal.

La normativa se hará efectiva mañana

A partir del 1 de julio a las viviendas que se dediquen al alquiler turístico se les exigirá contar con un código de registro para publicitarse en plataformas en líneas que permiten formalizar contratos de alquiler a distancia, como Airbnb o Booking. De no contar con esta distinción, se consideraría que están ejerciendo una actividad ilegal y podrían ser sancionadas económicamente.

La normativa, fruto del Real Decreto 1312/2024, que a su vez se alinea con el Reglamento 2024/1028 de la Unión Europea, servirá para normalizar los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración en aras de regularizar un sector que, en múltiples ocasiones, no cumple con la legalidad vigente.

Eso sí, tal y como explica Gutiérrez, será "en algunos casos muy concretos". Después de que "el Colegio de Registradores diera luz al asunto" sabemos que si tenemos un inmueble que alquilamos como vivienda habitual (de larga estancia), ya sea entero o por habitaciones, "no deberás inscribirlo en el registro".

Cuándo hay que hacerlo

Asimismo, el experto aclara que para los alquileres de temporada existen dos supuestos, uno en el que había que inscribirlos y otro en el que no. De este modo, no será necesario contar con un código si anunciamos nuestra vivienda para alquiler vacacional en un portal "que no permite celebrar contratos online", como bien puede ser idealista. En este caso, los propietarios no estarían obligados a inscribirse en el Registro Único de Arrendamientos.

No obstante, "si haces alquiler temporal o vacacional y lo publicitas en plataformas como Booking o Airbnb, sí que necesitas darte de alta porque permiten celebrar contratos online y transaccionales", aclara el experto. De esta forma, sería obligatorio inscribir nuestra vivienda en el registro si, como propietarios, la anunciamos en portales de las mencionadas características en las que el pago se realiza íntegramente online.

Y no hacerlo estará castigado con "multas de 2.000 a medio millón de euros", avisa Gutiérrez, a los que sean ilegales aunque también se podrá proceder a bloquear los anuncios en las plataformas cuando no cuenten con el número de registro. Estas sanciones se engloban dentro de la propuesta del PSOE que, para regular el alquiler de temporada y de habitaciones, pretende poner en marcha un sistema de multas de hasta 600.000 euros en los casos más graves, por ejemplo, por publicar anuncios ilegalmente aun habiéndole pedido el ministerio de Turismo al propietario que rectifique.

Algunas plataformas como Airbnb ya ha anunciado que lo exigirá para todos los que quieran publicitar un alquiler de corta duración en su portal a partir del próximo 1 de julio "con el fin de facilitar la labor de inspección e identificación a las autoridades".

@sergioexcellencecircle ? ¡Multas de hasta 500.000 € a propietarios desde el 1 de julio! ¿Alquilas en Booking o Airbnb? Pues cuidado… si no te registras te puede caer un multazo. El Colegio de Registradores ya lo ha dejado claro. ¿Tú estás obligado? #Alquiler2025 #PropietariosEnPeligro #MultasAirbnb #RegulaciónVivienda ? sonido original - Sergio_excellence_circle

El reglamento

A fecha de 27 de junio, el Colegio de Registradores ha aprobado el 83,65% de las solicitudes presentadas (más de 199.686 desde el 2 de enero) para el Registro Único de Arrendamientos de Alquileres Turísticos y de Temporada. Más de 15.000 han sido denegadas y aún quedan varios cientos de miles pendientes de verificación, a menos de 24 horas de que la normativa se haga efectiva.

Los propietarios que todavía no hayan hecho el trámite, deberán solicitar el correspondiente número de registro a través de la sede electrónica del Colegio de Registrados (al que se puede acceder desde este enlace), y pagar los 27 euros más IVA necesarios para la tramitación de su solicitud.

Cabe mencionar que el número de registro único se podrá seguir solicitando después del 1 de julio, no pudiéndose asignar a quien no tenga las licencias o declaraciones responsables que exige la comunidad autónoma o el ayuntamiento correspondiente.

Las críticas

Esta nueva regulación ha sentado como un jarro de agua fría para muchos, sobre todo en las comunidades autónomas gobernadas por el Partido Popular, que han exigido la convocatoria urgente de una Conferencia Sectorial de Turismo por el "caos" e "incertidumbre" generado por el nuevo registro, refiriéndose directamente al ministro de Turismo, Jordi Hereu.

La formación política también ha criticado la "improvisación" y "precipitación" de la entrada en vigor del Real Decreto 1312/2024 en plena temporada alta, denunciando la "intrusión competencial" del ministerio.

Pero no son los únicos que han criticado esta medida. Por su parte, la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur) ha alertado de que la aplicación de la normativa dejará fuera el 70% de la oferta actual y provocará unas pérdidas de 13.737 millones de euros para la economía entre julio y diciembre e insiste en que este nuevo sistema invade las competencias de turismo que están delegadas en las autonomías.

La presidenta de la organización, Silvia Blasco, ha señalado que se trata solo de "un instrumento centralizador que duplica estructuras ya existentes y añade complejidad innecesaria al sistema".

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