Vivienda - Inmobiliario

Las tres cláusulas que todo casero debería incluir "sí o sí" en el contrato de alquiler para protegerse legalmente frente a sus inquilinos

El precio del alquiler subió casi un 10% interanual en mayo y un 1,3% en el último mes, alcanzando los 14,5 euros por metro cuadrado de medio según el último informe de precios de idealista, un aumento que no hace más que subrayar el delicado momento que atraviesa el mercado inmobiliario en España. Pero ya no es solo que aumenten las rentas (un 29,4% en los últimos tres años según Infojobs), es que lo hacen casi cuatro veces más rápido que los salarios, que han crecido solo un 7,4%.

Esta descompensación preocupa tanto a inquilinos como a propietarios, pero más a estos últimos, que además se sienten desprotegidos legalmente por la Ley de Vivienda. De ahí que los caseros sean cada vez más exigentes con a quien alquilan su vivienda, dado que temen tener que afrontar impagos. Ya no confían en un modelo estándar de Internet para elaborar el contrato de arrendamiento, puesto que muchos no incluyen tres cláusulas que son consideradas fundamentales para "recuperar tu propia vivienda" cuando la necesites.

Es lo que explica un abogado en la cuenta de TikTok @legalmente.rrss, un espacio en el que se facilita información jurídica sobre temas cotidianos, como bien pueden ser los alquileres.

Lo que te permitirá recuperar tu vivienda

"Hay tres cláusulas que todos los propietarios deben incluir sí o sí" en sus contratos de alquiler si no quieren tener problemas después. En primer lugar, habrá que poner una cláusula que le permita recuperar su vivienda para uso personal, porque quiere vivir él o alguien de su familia. "Si no viene específicamente en el contrato, no podrás recuperar tu propia vivienda aunque la necesites", advierte el experto.

La segunda disposición es incluir un párrafo que especifique cuánto se puede subir el alquiler anualmente, dado que si no se incluye "no podrás subirle el alquiler a tu inquilino nunca". Esto viene en consonancia con la creación de un nuevo baremo, el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), que especifica precisamente esto, cuánto le podremos subir el alquiler a nuestro inquilino.

Tradicionalmente se venía usando el IPC para calcular la subida, pero desde hace unos años el Gobierno creó el IRAV para limitar el precio de los alquileres con el objetivo de reducir la presión económica sobre el inquilino. Se trata de un elemento de referencia que cambia mensualmente y que para junio de 2025 está establecido en el 2,09%, siendo este porcentaje lo máximo que puede aumentar el alquiler un casero a su inquilino durante este mes.

La tercera a tener en cuenta

Por último, pero no menos importante, el casero deberá incluir una cláusula que establezca una indemnización en el caso de que el inquilino abandone la vivienda antes del tiempo pactado. Si no existe "se podrá ir libremente, sin pagarte nada", avisa el abogado.

Redactar un contrato de alquiler que incluya todos los supuestos a veces puede convertirse en una tarea difícil, sobre todo para los que no cuentan con una formación académica sólida en este tipo de materia. Por eso, lo mejor es que tu contrato lo revise siempre un profesional.

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