
La Ley de Vivienda, que fue aprobada por el Congreso el pasado 27 de abril y que entrará en vigor esta misma semana, ha supuesto cambios tanto para los propietarios como para los inquilinos, así como para los supuestos de ocupación ilegal o para la regulación de los precios de alquiler, entre otras cosas.
De hecho, su entrada en vigor va a suponer cambios también a la hora de hacer la Declaración de la Renta del ejercicio 2023, que se llevará a cabo en el año 2024. En concreto, se aprueban con esta nueva normativa una serie de incentivos fiscales sobre el IRPF en relación a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda.
De este modo, en la disposición final segunda se puede encontrar la regulación de estos incentivos fiscales sobre el IRPF, que están destinados a aumentar y mejorar el alquiler de viviendas habituales a precios asequibles.
Incentivos fiscales sobre el IRPF
Actualmente, las personas que alquilan una vivienda pueden desgravarse el 60% del rendimiento neto de los beneficios del alquiler y, con esta nueva Ley de Vivienda, ese porcentaje de reducción en el IRPF puede ascender hasta el 90%.
Para beneficiarse de esta reducción, el propietario debe firmar nuevos contratos de alquiler de viviendas que se encuentren en zonas tensionadas con una reducción de, al menos, el 5% sobre el contrato de alquiler anterior de la misma vivienda.
Por otro lado, también podrá aumentar la reducción al 70% en los casos en los que se trate de la incorporación al mercado de viviendas para alquiler, es decir, que se alquile por primera vez, si se encuentra en una zona tensionada y el arrendatario sea una persona joven de entre 18 y 35 años.
Igualmente, este porcentaje de reducción se aplicará cuando se trate de una vivienda asequible incentivada o protegida, arrendada a la administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.
Por último, el propietario podrá desgravarse un 60% del IRPF cuando, no cumpliéndose los requisitos anteriores, la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación en los dos años anteriores a la fecha de la celebración del contrato de arrendamiento.
En el resto de los casos de arrendamiento de una vivienda, la reducción del IRPF en la Declaración de la Renta sería de un 50%, como se puede leer en el texto de la nueva Ley de Vivienda publicado por el Congreso de los Diputados.