Vivienda - Inmobiliario

Pasos para solicitar las ayudas de rehabilitación

  • La mitad del parque edificado de nuestro país se construyó antes de los años 80
  • El propietario debe poseer un proyecto que acredite el estado actual del inmueble

Las viviendas españolas, en líneas generales, están envejecidas y son poco eficientes energéticamente. La mitad del parque edificado de nuestro país se construyó antes de los años 80, sin normativa de eficiencia energética. Revertir esta situación se apoya en las ayudas procedentes de los fondos europeos, con los más de 3.400 millones de euros que se destinarán a la rehabilitación de barrios, edificios y viviendas como parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Según la Estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España (Eresse), España necesita llegar hasta los 10 millones de rehabilitaciones de viviendas principales en las próximas tres décadas para cumplir su compromiso de cero emisiones de carbono para 2050, para lo es preciso incrementar por cinco su actual ritmo de rehabilitación anual de viviendas.

Si un propietario particular o una comunidad de vecinos quiere solicitar las ayudas de rehabilitación, ¿qué pasos debe seguir? El principio para acceder a estas subvenciones pasa por contratar a un arquitecto o técnico especializado que realice el proyecto de rehabilitación. Además, se debe disponer del Libro del Edificio existente, que incluye, entre otros aspectos, las características constructivas del edificio, su estado de conservación y mantenimiento y las deficiencias constructivas funcionales, de seguridad y de habitabilidad observadas. También aporta otras informaciones como el comportamiento energético del edificio, mediante el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), y el plan de actuaciones para la renovación del mismo.

España debe llegar hasta los 10 millones de rehabilitaciones en las próximas tres décadas

"En el proyecto se tienen que acreditar los cambios que se van a hacer, el certificado energético inicial y al que se espera llegar después de hacer la reforma y que, por lo tanto, acredita el grado de ahorro que se va a conseguir", apunta Dolores Huerta, directora general de Green Building Council España (GBCe), en función de ello, añade la experta, "se puede optar a un nivel de subvención u otra".

¿Cuándo se reciben?

Con esta documentación se solicita el presupuesto de la empresa o conjunto de ellas que ejecutarán las actuaciones y la correspondiente licencia al ayuntamiento. Una vez que se tiene contratada la obra, ya se pueden pedir las ayudas para la rehabilitación. Según indica la norma, el plazo para resolver y notificar la resolución será de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud. El pago de las ayudas dependerá de cada comunidad autónoma, que serán quienes decidan si abonar la cuantía por anticipado o al final del proyecto. Al terminar las obras de reforma, y como aspecto necesario para recibir la subvención, se debe acreditar la energía ahorrada mediante un nuevo certificado energético.

En el caso de las viviendas, entre las acciones subvencionables están aquellas que consigan una reducción de al menos el 7% de la demanda energética de calefacción y refrigeración, rebajar el consumo de energía primaria no renovable un 30% o actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la fachada, como puede ser el cambio de ventanas. El plazo para ejecutar las obras de mejora energética y sostenibilidad en las viviendas no podrá exceder de 12 meses, que se contabilizan desde la fecha de concesión de la ayuda. En cualquier caso, las actuaciones que son objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del último día de junio del año 2026.

Para la realización de todo este proceso, "es muy recomendable acompañarse desde el primer momento de un técnico especialista en rehabilitación energética, porque va a guiar los distintos pasos y procesos, o en en la figura del agente rehabilitador, que ofrece un servicio completo de acompañamiento y gestión desde el principio hasta el final y en todos los trámites para solicitar las ayudas correspondientes para llevar a cabo la rehabilitación", expone Huerta. Y es que no solo consiste en decir que se cumplen con los ahorros de energía, "hay que demostrarlo y acreditarlo", añade la directora general de GBCe.

El proceso a seguir en una comunidad de vecinos difiere en la forma en la que se toman las decisiones, ya que la particularidad es que hay que aprobarlo en junta. Además, desde que se toma la decisión en junta y se aprueba, se tiene que comunicar fehacientemente a todos los vecinos, y hay un mes de plazo en el que se puede impugnar esa decisión.

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