Tecnología

Primera condena contra Deliveroo por la situación de sus repartidores: son falsos autónomos

El Juzgado de lo Social número 6 de Valencia ha fallado la primera sentencia en contra de Deliveroo al concluir que los repartidores de la plataforma no son autónomos sino trabajadores por cuenta ajena, con lo que la empresa ha de tributar por ellos.

La sentencia declara la laboralidad del rider, que denunció a la compañía al considerar que su situación de trabajo fue de 'falso autónomo', y ha condenado a Deliveroo a pagarle la indemnización por despido improcedente, según explica Adrián Todolí, abogado de derecho laboral que ha tenido acceso al fallo, en su blog.

En concreto, el juzgado detalla que pese a poner su vehículo y móvil propio para su cometido se mantiene una relación laboral con la compañía existe una relación entre ambas por lo que considera "improcedente" el despido de del repartidor, y obliga a readmitirlo en las mismas condiciones que antes del despido o abonarle una indemnización de 705,13 euros.

La magistrada del juzgado considera de esta forma probada la existencia de una relación laboral entre el repartidor con la empresa ya que en la prestación de este servicio se cumplen las características exigibles de "ajeneidad y dependencia" que marcan los trabajos por cuenta ajena. No obstante, la jueza rechaza en su resolución, contra la que cabe un recurso de súplica ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat valenciana, que sea un despido nulo.

La empresa alegó que con el trabajador mantenía una relación de naturaleza civil/mercantil pero no laboral. Al respecto, señala que en el contrato de prestación de servicios que firmaron en octubre de 2016, se refleja que trabajaba por "cuenta propia" y que el objeto del contrato y los servicios tendrán "naturaleza mercantil".

Por ello, establecía el proveedor actuará "en todo momento como contratista independiente y no será considerado ni se presentará como agente, empleado, o socio de la empresa". Además, exige a los repartidores disponer de vehículo propio para sus desplazamientos.

En la misma línea que Trabajo

De este modo, la sentencia valenciana se alinea con el criterio de Trabajo, que acreditó en Valencia y Madrid  que la relación que mantienen los repartidores con la aplicación debía ser tratada como trabajadores por cuenta ajena. 

El juez considerada probado la dependencia de los 'riders' con la empresa ya que era Deliveroo la que decidía en qué horario iba a trabajar el repartidor cada semana, daba instrucciones "concretas" sobre cómo tenía que realizarse y tenía en todo momento geolocalizado al trabajador a quien podía pedir explicaciones en cualquier momento sobre el servicio.

Además, también ha quedado probado que una vez asignado un turno a un repartidor era el propio trabajador el que tenía que encontrar un sustituto y debía contar con la autorización de la empresa para poder cambiar.

Asimismo, el trabajador "carecía de libertad dentro de su horario para rechazar pedidos". De hecho, la empresa precisamente alegó el rechazo de ofertas y la falta de disponibilidad reiterados como causa de extinción de la relación.

Inspección de Trabajo ya levantó acta de liquidación a la empresa por importe de 160.814,90 euros por el periodo comprendido entre mayo de 2016 y septiembre de 2017 por la prestación de servicios laborales sino haber sido dados de alta en el régimen general como trabajadores por cuenta ajena.

Ante las alegaciones de la empresa, la Tesorería General de la Seguridad Social acordó el inicio de la tramitación correspondiente del procedimiento de oficio y suspender la tramitación del procedimiento liquidatorio.

Se adelanta al caso de Barcelona

La decisión del juzgado valenciano se ha adelantado al frente que la compañía también tiene abierto en Barcelona sobre la relación de los repartidores con la plataforma de envío de comida a domicilio. En ese caso, los antiguos repartidores de Deliveroo de la Ciudad Condal también confían una sentencia "ejemplar" que vincule la relación laboral entre los riders y la aplicación.

En Barcelona, una quincena exrepartidores de Deliveroo tienen abierto un proceso judicial en el que exigen que se les reconociese como asalariados tras llevar un año trabajando como autónomos con envíos de la app.

Aunque Deliveroo en ningún caso ha reconocido a los repartidores como trabajadores propios de la empresa, el debate generado en los últimos meses en torno a su modelo laboral ha hecho reaccionar en diferentes aspectos.

El último movimiento de la compañía británica ha sido comenzar a asegurar a los repartidores lo que le permite reclamar los costes de periodos de incapacidad si no pueden trabajar como resultado de un accidente o lesión mientras reparten.

Por otro lado, el movimiento de 'rebelión de los riders' es cada vez mayor. Por ello el colectivo de antiguos repartidores, RidersxDerechos, están trabajando en el desarrollo de la aplicación Mensakas, una plataforma de mensajería responsable para competir contra Deliveroo, Glovo o Uber Eats.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky