Jurisprudencia del Tribunal Supremo
- 11/08/2015, 06:00
11/08/2015, 06:00
Tue, 11 Aug 2015 06:00:04 +0200
El despido del personal "fijo no idefinido" de la Admnistración como resultado de una nueva relación de puestos de trabajo (RPT), siempre que afecte al número de empleados previsto por el Estatuto de los Trabajadores (ET), debe seguir los trámites establecidos para los procesos de despido colectivo. Así lo determina el Tribunal Supremo (TS) en tres sentencias, una con fecha 7 de julio de 2015 y otras dos del 13 de julio de 2015.