Opinión

Paradojas en la sentencia sobre Apple e Irlanda

La Justicia da la razón a Apple frente a la UE

La sentencia de ayer del Tribunal General de la Unión Europea en el caso de la Comisión contra Apple e Irlanda es importante, por varias razones. En primer lugar, por el importe que decide: más de 13.000 millones de euros. Pero también porque afecta de lleno a varios asuntos cruciales de la Unión Europea. El más importante de todos estos asuntos es la fiscalidad de las grandes empresas multinacionales. Y esta fiscalidad tiene implicaciones en la actividad de las multinacionales en toda Europa, e incluso fuera de Europa.

Eso sí, la sentencia, como todo este caso, es un tanto paradójica y no es definitiva. Nos encontramos ante un caso en el que un Estado renuncia a obtener más de 13.000 millones de euros, además de una empresa, Apple, que es capaz de pagarlos porque, no en vano, es la empresa que más dinero gana del mundo. Una curiosidad, en el caso se intentaron personar los Estados Unidos en 2017, ya bajo la administración Trump, pero el Tribunal no les dejó. Y sí se personó un solo estado de la Unión Europea en apoyo de Irlanda: Luxemburgo. Curiosamente, los dos ministros que compitieron con Nadia Calviño por la presidencia del Eurogrupo fueron los ministros de finanzas de Irlanda y Luxemburgo. Parece que cuando cayó el ministro luxemburgués sus apoyos pasaron al ministro irlandés que finalmente se hizo con la presidencia del Eurogrupo, casualidades. En apoyo a las pretensiones de la Comisión sólo se personó Polonia.

Urge buscar un mecanismo que garantice un mínimo de justicia en la fiscalidad

La principal paradoja de la sentencia es el resultado: la actuación de la comisión se anula porque la tributación de las filiales de Apple en Irlanda no son una ayuda de Estado. Veamos, los 13.000 millones que Irlanda no cobró, en once años, no era más que el resultado de aplicar el 12,5% al beneficio "irlandés". En realidad, este beneficio se había generado en el resto de la Unión Europea, e incluso en el resto del mundo. Fuera de Estados Unidos, y en general del continente norteamericano, todas las operaciones se canalizaban a través de dos filiales de Apple, constituidas en Irlanda pero no residentes. Este tipo de estructura se conoce en la jerga fiscal como "double irish". Pero estas sociedades apenas pagaron impuestos en Irlanda. Ahora bien, si este tipo inferior al 0,1%, según la Comisión Europea, no es una rebaja selectiva de impuestos, entonces habrá que concluir que Irlanda no tiene, en la práctica, un impuesto de sociedades efectivo, al menos para grandes multinacionales, porque pagar un tipo ridículo está al alcance de todos.

Las empresas que más dinero ganan del mundo son las que menos tributación efectiva soportan sobre sus beneficios

Casi cualquier comparación con un caso así es odiosa. Por ejemplo, la deducción del fondo de comercio financiero en el impuesto de sociedades español sí era una ayuda de estado, y hubo que recuperarla. Esto consistía en que una sociedad que pagaba el 30% se beneficiase de una deducción del 5% del sobreprecio pagado por adquirir una no residente. Si esto se compara con que no es selectivo que una sociedad pague menos del 1% durante más de una década, estando sometida a un tipo del 12,5%, chirría casi todo. Eso sí, para el Tribunal General, que decide en primera instancia, el fondo de comercio financiero tampoco era una ayuda de Estado, de nuevo porque no era selectiva. Finalmente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, definitivamente en casación, sí estableció que la deducción del fondo de comercio financiero sí era una ayuda de Estado. En consecuencia, habrá que esperar cuál es la decisión definitiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La sentencia está argumentada pero crea una situación sangrante

En estos momentos, las empresas que más dinero ganan del mundo son las que menos tributación efectiva soportan sobre sus beneficios. Y además estas empresas se benefician en Europa de las libertades de circulación comunitarias, especialmente de las libertades de circulación de mercancías y de prestación de servicios. Y en Europa no hay precisamente un campo de juego equilibrado, hay muchas empresas que sí tienen que pagar un impuesto de sociedades apreciable. Y ya no estamos hablando de un mínimo de armonización fiscal ni de tipos impositivos parecidos. No, simplemente hablamos de que algunos Estados, la fiscalidad sobre determinados beneficios es cercana a cero. Y lo peor es que, encima el grado de transparencia de esta competencia fiscal entre Estados es, seamos suaves, mejorable.

Con todo, la sentencia está argumentada y es razonable, pero la situación es simplemente sangrante. Es discutible que el instrumento adecuado para que haya un mínimo de imposición sobre los beneficios de las grandes multinacionales en Europa sea la política de competencia y ayudas de Estado. Pero, ¿tenemos otro? Si no es así, que no lo es, entonces urge buscar un mecanismo europeo para garantizar un mínimo de competencia y una fiscalidad más justa. Dejar las cosas como están, aunque favorezca los intereses de algunos pequeños Estados, sólo socava las bases del proyecto europeo.

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