Bolsa, mercados y cotizaciones

El blindaje del Gobierno a empresas estratégicas se amplía a firmas europeas con control no comunitario

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, en una fotografía de archivo. Autor: EFE.

El Gobierno ha ampliado el blindaje que diseñó el pasado 17 de marzo para evitar que empresas de fuera de la Unión Europea (UE) y de la Asociación Europea de Libre Comercio aprovechen la crisis del coronavirus para tomar el control de empresas españolas de sectores estratégicos.

El real decreto-ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros con nuevas medidas para luchar contra la epidemia especifica que tampoco podrán tomar el control de empresas españolas las sociedades europeas cuyos titulares reales sean residentes en países de fuera del espacio europeo.

De esta forma se evita que inversores no europeos tomen el control de empresas españolas a través de sociedades constituidas en algún país europeo.

Tal y como estableció el real decreto-ley aprobado el 17 de marzo, se suspende el régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España cuando supongan la toma de una participación igual o superior al 10 % del capital de la empresa española o cuando "como consecuencia de la operación societaria, acto o negocio jurídico se participe de forma efectiva en la gestión o el control de dicha sociedad".

Los sectores incluidos son aquellos "que afectan al orden público, la seguridad pública y la saluda pública", según el texto del 17 de marzo, que cita expresamente las infraestructuras críticas, físicas o virtuales (energía, transporte, agua, sanidad o comunicaciones), las tecnologías críticas, los suministros fundamentales o los medios de comunicación.

El texto del 17 de marzo indicaba también que quedaba suspendido el régimen de liberalización de inversiones extranjeras si el inversor estaba controlado, directa o indirectamente, por un gobierno o un organismo público de otro país.

El real decreto-ley aprobado ayer añade que podrá establecerse mediante un reglamento el importe por debajo del cual las operaciones de inversión directa extranjera quedarán exentas de someterse al régimen de autorización previa.

Las disposiciones aprobadas ayer y el 17 de marzo modifican la Ley 19/2003 sobre el régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.

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