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Economía tramita dos circulares para modernizar las tablas biométricas de los seguros

  • Estas normas forman parte de un paquete de medidas que incluye un Real Decreto de adaptación al Derecho de la UE
Foto: Istock

El Ministerio de Economía ultima estos días el texto de dos circulares de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones que buscan la modernización de las tablas biométricas empleadas por las aseguradoras. Las tablas biométricas aplicadas en los seguros de rentas (tablas PER2000) están basadas en la experiencia de finales del siglo pasado.

Esas tablas preveían una mejora de la esperanza de vida. Ha sido preciso verificar si la mejora prevista en su día ha sido o no suficiente. Este tipo de seguros abarca alrededor de un millón de asegurados -la cifra podría ser algo inferior debido a los asegurados con varias pólizas-.

Por su parte las tablas biométricas aplicadas en los seguros de vida-riesgo asociados a hipotecas, tarjetas, seguros temporales para caso de muerte, y a los seguros de decesos (tablas PASEM2010) están basadas en la experiencia de los primeros años del siglo XXI.

Estas tablas no contemplaban mejora alguna de la longevidad. Dada la notoria mejora de la longevidad verificada en los últimos años es preciso comprobar si tal discordancia conduce a una sobrestimación material de los precios (primas) de dichos seguros. Este tipo de seguros abarca más de 20 millones de asegurados.

La primera de las circulares desarrolla los requisitos actuariales necesarios que se pueden aplicar cuando las entidades aseguradoras apliquen sus propias tablas biométricas -y no las que como referencia general publica la Dirección General-.

La segunda de ellas desarrolla los aspectos cuantitativos y cualitativos necesarios para garantizar la adecuación de las hipótesis biométricas aplicadas en el cálculo de las tarifas de primas, de las provisiones técnicas contables y de las provisiones técnicas de solvencia.

Amplio proyecto de reforma

La aprobación de estas circulares se enmarca dentro de un amplio proyecto de reforma del ámbito normativo de las tablas biométricas, para adaptar al nuevo marco estructural propiciado por el nuevo régimen europeo de solvencia de las entidades aseguradoras (Solvencia II) y la Norma Internacional de Información Financiera 17 (IFRS17).

La circular va acompañada del proyecto de real decreto que modifica el Real Decreto 2486/1998, de ordenación y supervisión de los seguros privados, y el Real Decreto 1060/2015, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Una larga prórroga

Desde el año 2012 se ha mantenido la prórroga en la utilización de las tablas de supervivencia GRM/F-95, así como las tablas generacionales españolas de supervivencia masculina/femenina PERM/F-2000 y de las tablas GKM-95 y GKF-95 a los solos efectos del cálculo de las provisiones técnicas contables.

El Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras, de carácter posterior a la normativa mencionada, únicamente establece en su disposición adicional quinta, referida al régimen de cálculo de las provisiones técnicas a efectos contables, que las tablas de supervivencia y mortalidad a utilizar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras para el cálculo de las mismas sean las reguladas en el artículo 34 y en la disposición transitoria segunda del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

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