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Sepa que medidas, distintas a las de España, han adoptado nuestros países vecinos para combatir el coronavirus

  • El resumen de los abogados de Broseta sirve para generar opinón documentada
Foto: Istock

La crisis generada por el coronavirus Covid-19 ha generado una gran polémica ciudadana por las medidas que se han ido adoptando y las incertidumbres que plantean a futuro cada una de ellas, desde los aspectos sanitarios, los económicos, los referidos a la enseñanza, y los sociales en la acepción más general del término.

Para lograr una opinión documentada los abogados de Broseta han elaborado un resumen de las medidas adoptadas en los países de nuestro entorno, no solo físico (Unión Europea) sino también sentimental (Latinoamérica).

No se puede olvidar, que las incertidumbres creadas son para preocuparse. Así, hemos visto como el coronavirus destruye 900.000 empleos en los últimos 21 días... y sin contar 4 millones de ERTE. También, que  el FMI prevé una crisis económica muy profunda para España. Y, cómo no, que los economistas cifran el déficit público por encima del 15% del PIB.

 Estas previsiones hacen que los ciudadanos recelen de cada medida que el Ejecutivo anuncia que va a poner en marcha. Y no menos importante, es que el coronavirus comenzó a debilitar la producción industrial de la Eurozona en febrero, lo que hace pensar en las dificultades para volver a los niveles previos a la crisis. 

Si bien hasta ahora Europa parecía ser el epicentro de la pandemia, con España e Italia a la cabeza de este indeseado ranking, y Francia, Alemania y Reino Unido viendo cómo el número de casos aumenta también de manera exponencial, es sin embargo en Estados Unidos el que tristemente ha tomado el liderazgo de esta escalofriante clasificación.

Al igual que el virus, parece que las autoridades de los diferentes países se han ido "contagiando" unas a otras y que, como consecuencia, han ido adoptando medidas, más o menos similares, para tratar de hacer frente a la actual situación.

No obstante, los abogados de Broseta señalan la falta de una política que a nivel europeo hubiese marcado una única respuesta, al menos en relación a ciertas cuestiones, de obligada adopción por todos los miembros de la Unión Europea (dejando al margen medidas como la adoptada por el Banco Central Europeo y su programa de emergencia, por importe de 750.000 millones de euros, cantidad que incluso podría ser aumentada, y que va ser destinada a la compra de deuda pública y privada, papel comercial, expandiendo a su vez la lista de garantías admitidas) o la reciente decisión del Eurogrupo de desbloquear 500.000 millones para afrontar esta crisis.

Estas son las medidas que destacan los anbogados de Broseta:

Alemania

Se han aprobado medidas del estilo de las de España (cierre de establecimientos donde suele haber una mayor concentración de personas); control de las fronteras con Austria, Suiza, Luxemburgo, Dinamarca y Francia.

También, se ha impuesto una cuarentena obligatoria a todas las personas que hayan estado en zonas de riesgo; cierre de universidades, escuelas y guarderías; y que, en la medida de lo posible, las personas permanezcan en casa, y solo salgan cuando realmente sea imprescindible (hacer la compra o ir a la farmacia, al médico, etc.), pero como el nivel de cumplimiento es algo bajo, así que las empresas están adoptando medidas internas para que sus empleados trabajen desde casa.

Otro tipo de medidas adoptadas:

- Facilitar el acceso al empleo a corto plazo.

- Apoyo a la liquidez de las empresas por medio de diferimientos fiscales.

- Compensación económica por parte del Estado a aquellos padres que hayan de quedarse en casa para cuidar a sus hijos.

- Concesión de garantías por el estado (por un importe de 500 mil millones de euros) a las compañías más vulnerables.

- Desarrollo de sistemas garantías otorgadas a través del banco público KfW.

- Gasto adicional por parte del Ministerio de Sanidad de 1.000 millones de euros.

- Aumento de la inversión pública en el período 2021-2024.

Francia

El Presidente Macron ha hecho ya varias declaraciones, que han implicado:

- Cierre de escuelas, colegios y universidades.

- Movilización de médicos retirados y de estudiantes de medicina para apoyar a los médicos y a los hospitales.

- Pago diferido de cargas sociales e impuestos para empresas que no pueden pagarlas.

- Limitación de los desplazamientos a los viajes estrictamente necesarios.

- Subsidios para empleo a corto plazo.

- Suspensión del nuevo impuesto relativo al empleo de contratos temporales.

- Incremento de los esquemas de garantías de préstamos para las pymes por importe de 300 mil millones de euros.

- Fondo solidario para los pequeños negocios.

- Financiación de los sueldos de los empleados que no puedan ir a trabajar.

- Limitación de las visitas a las personas mayores de 70 años.

- Invitación a continuar el trabajo siguiendo consignas sanitaria

- También se ha pedido un esfuerzo a nivel europeo para tratar el problema de manera coordinada, sin cerrar las fronteras y apoyando la economía.

La ley de emergencia sanitaria votada en el Parlamento francés tuvo que ser aclarada a petición del Consejo de Estado, quien conminó a aquel a que detallase más claramente las excepciones al confinamiento.

Un sector que puede verse seriamente afectado es el turístico, ya que el gobierno francés ha aprobado una normativa que permitiría el reembolso de viajes y estancias o la solicitud de un servicio equivalente, incluida la obtención de un bono para disponer de la prestación contratada en un período de 18 meses.

Se han ampliado los permisos de residencia que expirasen entre el 15 de marzo y el 15 de mayo durante un período de 90 días.

Por el momento, el estado de confinamiento se ha prorrogado hasta el 11 de mayo, fecha a partir de la cual se producirá un desconfinamiento progresivo, con restaurantes y bares cerrados hasta mediados del mes de julio.

Italia

País en el que se declaró el estado de alarma unos días antes que en España, y en el que se han ido adoptando una serie de decretos desde el 8 de marzo (si bien había un decreto anterior, de 4 de marzo, que ordenaba el cierre de todas las escuelas, universidades y otros lugares de enseñanza en toda Italia, ya que las únicas que estaban cerradas hasta entonces eran las de Lombardía).

- Prohibición de movilidad personal, salvo por causas excepcionales.

- Cierre de museos, teatros, cines, salas de deporte, centros comerciales.

- Cierre de tiendas (excepto las de comestibles), restaurantes, bares y actividades no necesarias en todo el país.

- Paquete fiscal superior a 25 mil millones de euros.

- Retraso en el pago de cualquier tipo de impuestos hasta el 31 de mayo.

- Compensación del 60% de los costes de alquiler de las sociedades.

- Ajuste en las hipotecas de los autónomos.

- Esquema de préstamos garantizados a las empresas.

- Mayor apoyo al empleo a corto plazo.

- Ayudas a los hogares para el cuidado de hijos.

- Moratoria para el repago de deudas.

- Ayudas al sistema de sanidad (por importe de 1.500 millones de euros).

Al igual que ha sucedido en España, si bien históricamente Italia ha sido proclive a las inversiones extranjeras (salvo en sectores como defensa y seguridad nacional, energía, transportes y comunicaciones), limitando el ejercicio de poderes especiales por parte del Estado solo a casos de amenaza o de peligro para el interés nacional, dada la situación actual, ha habido una serie de peticiones dirigidas a que se protegiesen ciertos activos, como, por ejemplo, la infraestructura relacionada con tecnología 5G y otros activos de alta tecnología, lo que se ha aprobado recientemente.

Portugal

El Presidente de la República declaró el estado de emergencia el 18 de marzo.

Entre las medidas adoptadas para combatir esta situación destacan:

- Limitaciones al derecho de desplazamiento.

- Cierre de instalaciones y establecimientos (escuelas, tiendas, bares, restaurantes, que solo pueden funcionar en régimen de entrega a domicilio-, gimnasios, museos, bibliotecas y aquellos establecimientos que no presten servicios esenciales y que no consten en la ley que aprueba el estado de emergencia).

- Posibilidad de requisa de bienes o servicios.

- Establecimiento de líneas de crédito de apoyo a la tesorería de las empresas y de un incentivo financiero extraordinario para apoyar la reanudación de su actividad.

- Prórroga de los plazos de cumplimiento de algunas obligaciones fiscales (pago especial a cuenta, presentación de la declaración periódica de IRC –nuestro IS- y pago del IRC debido).

- Posibilidad de pago aplazado (en 3 o 6 prestaciones mensuales) de algunos impuestos, como el IVA y el de retenciones en la fuente de IRS (nuestro IRPF) e IRC, a liquidar en el 2º trimestre de 2020, sin intereses y quedando dispensada la presentación de garantías.

- Diferimiento y reducción del pago de contribuciones a la Seguridad Social.

- Prórroga extraordinaria y automática de prestaciones sociales (como el subsidio de desempleo o el rendimiento social de inserción).

- Establecimiento de un régimen excepcional y temporal de ERTE simplificados, en virtud del cual el trabajador recibirá 2/3 de su retribución (no pudiendo recibir menos de la cantidad establecida como salario mínimo nacional), efectuándose el 70% de los pagos por la Seguridad Social y el 30% por el empleador.

- Exención temporal de las contribuciones a la Seguridad Social a cargo de la entidad empleadora.

- Creación de subsidios de apoyo excepcional a la familia para trabajadores que falten al trabajo por cuidado de hijos u otros menores de 12 años a su cargo, o con deficiencias o enfermedades crónicas, con independencia de su edad, a consecuencia del cierre de los respectivos establecimientos de enseñanza.

- Protección de los contratos de arrendamiento y de otro tipo de contratos de inmuebles en vigor, especialmente a través de la suspensión de acciones de desalojo, de los procedimientos especiales de desalojo y de procesos para la entrega del inmueble arrendado y de la suspensión de los efectos producidos por las denuncias contractuales efectuadas por los arrendadores en contratos de arrendamiento de viviendas o de otro tipo de arrendamientos.

- Concesión de una moratoria de 6 meses a las empresas y particulares en créditos de diferente naturaleza.

- Suspensión de ejecución de hipotecas de inmuebles que sean vivienda habitual.

Reino Unido

- Aprobación de un paquete fiscal por importe de 30 mil millones de libras.

a) 12 mil millones de libras (0.5% del PIB) para medias de ayudas concretas (5 mil millones de libras para apoyo de servicios públicos y 7 mil millones de libras para medidas de apoyo a hogares y a negocios).

b) 18 mil millones de libras destinadas a medidas de largo plazo para ser implementadas más tarde a lo largo de este año.

- Plan de recorte de impuestos de 20 mil millones de libras y ayudas a empresas por 330 mil millones, mediante préstamos garantizados por el gobierno.

- Moratoria para el pago de deudas.

- El Banco de Inglaterra ha recortado los tipos en 50 puntos básicos y ha aprobado un programa de apoyo para el mercado de deuda a corto plazo de las empresas. No obstante lo anterior, el Primer Ministro, tras adoptar una política diferente a la del resto de países europeos, se ha visto presionado a seguir algunas medidas adoptadas por estos (medidas que podrían ser más duras en función de la evolución de los acontecimientos). Al igual que en Italia y España se trata de no colapsar el sistema nacional de salud.

Así, el 23 de marzo se anunciaron medidas que incluían el cierre de tiendas, salvo aquellas que vendan bienes esenciales, así como bibliotecas, campos de juego y lugares de culto.

No se permiten en la vía pública concentraciones de más de 2 personas. Tampoco se permiten bodas, bautismos ni otro tipo de ceremonias, con la excepción de funerales. Los parques permanecerán abiertos para que la gente pueda hacer deporte, pero sin que se permitan reuniones.

Para paliar y evitar posibles efectos de desabastecimiento, se ha permitido a los supermercados trabajar juntos con el fin de que puedan abastecer a la población durante el confinamiento. En consecuencia, se han rebajado temporalmente diferentes preceptos de derecho de la competencia en el sector alimentario.

Por otra parte, las empresas podrán solicitar ayudas para pagar parte del salario de sus empleados que, de no ser así, tendrían que ser despedidos. Se les reembolsará el 80% de los sueldos, con un máximo de 2.500 libras (unos 2.800 euros) al mes, medida que tendrá una duración inicial de tres meses, si bien dicho plazo podría ampliarse.

República Checa

- Se declaró el período de emergencia el 12 de marzo, inicialmente por un plazo de treinta días, si bien ha sido prorrogado hasta el 30 de abril.

- Se han declarado países de riesgo a China, Irán, Italia, Corea del Sur, Francia, España, Alemania, Suiza, Noruega, Dinamarca, Holanda, Suecia, Reino Unido, Bélgica y Austria.

- El contagio del coronavirus se considerará un delito (si hay negligencia grave).

- Queda prohibido cualquier acto que congregue a más de 30 personas.

- Ciertos derechos y libertades pueden ser limitados durante el periodo de emergencia (prohibición de entrada a todos los extranjeros, no solo de países de riesgo, si bien dicha medida no se aplica a los extranjeros con permiso de residencia superior a 90 días en el país, pero con excepciones, como, por ejemplo, transportes internacionales, miembros de servicios de rescate, trabajadores transfronterizos, personal diplomático; expertos en la lucha contra epidemias; nacionales que quieran volver al país; etc.).

- Colegios, restaurantes, gimnasios, piscinas, y centros públicos deberán permanecer cerrados.

- Las autoridades fiscales han aprobado medidas para conceder prórrogas para la presentación de las declaraciones fiscales.

- Los bancos podrán decidir aplazar los pagos de los préstamos.

- Se ha puesto en práctica la "cuarentena inteligente", que permite seguimiento de personas a través de sus teléfonos móviles para identificar a aquellos que estén infectados y poder alertar a personas que hubiesen tenido contacto con ellas.

LATINOAMÉRICA

Chile

En este país el primer caso se registró el 3 de marzo. El 16 de marzo el país entró en Fase 4 de COVID-19, lo que motivó que el 18 de marzo se decretara Estado de

Excepción Constitucional de Catástrofe que permite (i) restringir la libertad de movimientos, (ii) restringir la libertad de reunión, (iii) restringir el derecho de propiedad y (iv) decretar medidas administrativas, con el objeto de hacer frente a la pandemia.

Asimismo, el Estado Constitucional permite acceder a los fondos de reserva. Desde entonces se han dictado una serie de decretos que han implicado:

- Prohibición de movilidad personal a nivel nacional entre 22.00 PM y 05.00 AM.

- Cuarentena obligatoria en aquellas comunas que reportan las mayores tasas de contagio, salvo que quienes vivan en esas comunas cumplan labores esenciales, debiendo solicitar permisos y salvoconductos a la autoridad policial.

- Prohibición de cualquier reunión que supere las 50 personas.

- Cierre de comercios y tiendas (museos, teatros, cines, gimnasios, centros comerciales, restaurantes, bares y las actividades no necesarias en todo el país).

- Inyección de 2 mil millones a un fondo para apoyar a quienes vean paralizadas sus trabajos, lo que les permitirá acceder en forma especial a los fondos del seguro y mantener sus remuneraciones.

- Entrega de "Bono Covid-19" a los sectores más vulnerables.

- Fondo de 2 mil millones de dólares para apoyar a los "trabajadores informales".

- Prohibición de efectuar despidos por caso fortuito o fuerza mayor.

- Creación de una línea de crédito a bancos con garantía estatal para préstamos por un total de 24 mil millones de dólares para la pequeña y mediana empresa.

- Suspensión de los pagos provisionales mensuales del impuesto de la renta de empresas por los próximos tres meses.

- Aplazamiento del pago del IVA de los próximos tres meses para empresas con ventas menores a UF 350.000 (1 unidad de fomento equivale a unos 30,86 euros), posibilitando su pago en doce cuotas mensuales a tasa de interés real 0%.

- Aplazamiento hasta julio de 2020 del pago de impuesto de la renta de las pequeñas y medianas empresas.

- Aplazamiento del pago de las contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a UF 350.000 y para personas con propiedades cuya valoración fiscal sea inferior a 133 millones de soles.

- Reducción transitoria del impuesto timbre y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos seis meses.

- Aceleración de pagos a proveedores del Estado: a principios de abril se pagaron al contado todas las facturas emitidas al Estado y pendientes de pago, generando liquidez inmediata por 1.000 millones de dólares aproximadamente.

- Nueva capitalización del Banco Estado por 500 millones de dólares: estos recursos se destinarán a otorgar financiación a personas y Pymes.

Colombia

En Colombia se confirmó el primer caso de COVID-19 el 6 de marzo. El 17 de marzo se decretó Estado de Emergencia económica, social y ambiental en todo el país.

Las principales medidas adoptadas para enfrentar la crisis sanitaria y apoyar a los diferentes sectores afectados por la misma son:

- Aislamiento preventivo obligatorio para todos los habitantes de Colombia a partir del 25 de marzo, inicialmente hasta el 13 de abril, pero ampliada hasta el 26 de abril. La medida estableció 34 excepciones (entre otras, para prestadores de servicios de salud, mensajería, productores y comercializadores de alimentos) y prohibió el transporte doméstico por vía aérea.

-  Prohibición de eventos y reuniones con más de 50 personas.

- Cierre de fronteras para evitar ingreso de personas contagiadas y establecimiento de protocolos en todos los aeropuertos, puertos y terminales de transporte.

- Aislamiento preventivo obligatorio para los mayores de 70 años, desde el 20 de marzo hasta el 31 de mayo. Asimismo, el Ministerio de Salud señaló que los adultos mayores y las personas con enfermedades crónicas (como diabetes, hipertensión, obesidad, enfermedades cardíacas y autoinmunes) deberán mantenerse en sus hogares y, en caso necesario, recibir atención prioritaria.

- Generación de liquidez a través de la subasta de Non-Delivery Forwards, repos respaldados en títulos de deuda pública y privada (con la participación aseguradoras, administradores de fondos de pensiones y administradores de fondos de inversión colectiva) y disminución de la tasa de interés de intervención, a través del Banco de la República.

- Establecimiento de condiciones para la entrega de transferencias monetarias adicionales y extraordinarias a favor de los beneficiarios de diferentes programas sociales para mitigar los efectos económicos y sociales de la crisis sanitaria.

- Devolución del impuesto a las ventas (IVA) a la población más vulnerable.

- Prohibición de desalojos y suspensión de reajuste anual de cánones de arrendamiento, intereses de mora y penalidades por incumplimiento, durante el Estado de Emergencia y dos meses adicionales.

- La modificación del calendario tributario para otorgar mayores plazos en la declaración y el pago de impuestos y la entrega de información.

- Exenciones transitorias sobre el impuesto a las ventas y modificación temporal de los aranceles sobre bienes e insumos indispensables para enfrentar la crisis sanitaria (0%).

- Reinstalación y/o reconexión inmediata del servicio de agua a los usuarios suspendidos, y prohibición a los prestadores para modificar tarifas.

- Creación del Fondo de Mitigación de Emergencias y asignación de recursos bajo la administración del Ministerio de Hacienda para enfrentar la crisis sanitaria.

- Plan de auxilio para beneficiarios de créditos destinados al pago de la educación superior a través del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, permitiendo el acceso a periodos de gracia, reducción transitoria de los intereses, ampliación de plazos y otorgamiento de nuevos créditos sin codeudor amparados por el Fondo de Garantía Codeudor.

- Plan de auxilio a través de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (Findeter) y el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (Bancoldex) que permite otorgar créditos directos con tasa compensada, dirigidos a financiar proyectos y actividades en los sectores más afectados por la crisis.

- Reducción del plazo de preaviso necesario para acordar vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas, y establecimiento de mecanismos de fiscalización rigurosa por parte del Ministerio del Trabajo para evitar el despido masivo de trabajadores.

Adicionalmente, se creó un plan para ayudar a trabajadores que hayan presentado una disminución en su ingreso mensual, permitiendo que retiren recursos de sus cuentas de cesantías (prestación social a cargo del empleador y a favor del trabajador que corresponde a 1 mes de salario por cada año de servicios prestados o proporcional al tiempo de servicio.

Tiene como objetivo dar un auxilio monetario cuando la persona termine su relación laboral) para compensar dicha reducción y se estableció una transferencia económica para los trabajadores cesantes afiliados a Cajas de Compensación Familiar.

- Fijación de periodos de gracia en capital e intereses en créditos para adquisición de vivienda o leasing habitacional que cuenten con cobertura de tasa de interés.

- Adopción por la Superintendencia Financiera de políticas para que los establecimientos de crédito renegocien créditos y otorguen ayudas financieras sin desmejorar la calificación del crédito, y por tanto las provisiones, ni aumentar las tasas de interés aplicables.

México

El gobierno mexicano ha declarado una emergencia sanitaria y está implementando una serie de medidas, incluyendo restricciones de viaje, distanciamiento social, cierre de colegios y suspensión de actividades no-esenciales, así como diversas medidas para la mitigación y prevención de COVID-19 en espacios públicos abiertos, espacios públicos cerrados, protocolos para hoteles en servicio, aeropuertos (prácticamente no hay vuelos comerciales), etc.

México también se vio afectado por la crisis de los mercados financieros y por la baja en el precio del petróleo – desde el 20 de febrero, el mercado de bonos de gobierno ha visto un éxodo de capital de no-residentes de alrededor de 5.6 billones de dólares (0.5% del PIB de 2019).

El 30 de marzo se publicó en el Acuerdo por el que se Declara como Emergencia Sanitaria por Causa de Fuerza Mayor a la pandemia generada por el COVID-19.

Al respecto, el 31 de marzo se publicó el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus, mediante el cual se acordó como acción extraordinaria que los sectores público, social y privado deberán implementar ciertas medidas, entre otras:

- Suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril, de las actividades no esenciales, y solamente podrán continuar en funcionamiento ciertas "actividades, consideradas esenciales" listadas en forma expresa en el Acuerdo.

- En todos los lugares y recintos en los que se realizan actividades esenciales, se deberán observar, de manera obligatoria, las siguientes prácticas:

a. No se podrán realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas.

b. Las personas deberán lavarse las manos frecuentemente.

c. Las personas deberán estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria (cubriendo nariz y boca con un pañuelo desechable o con el antebrazo).

d. No saludar de beso, de mano o abrazo (saludo a distancia).

e. Todas las demás medidas de sana distancia vigentes, emitidas por la Secretaría de Salud Federal.

- El confinamiento domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad, estado de embarazo o post parto inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

- Una vez terminado el periodo de vigencia de las medidas establecidas en el Acuerdo antes mencionado, la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, emitirán las medidas para un regreso, ordenado, escalonado y regionalizado a las actividades laborales, económicas y sociales de toda la población en México.

- Se adelantó el pago de las pensiones de las personas mayores de 60 años.

- El 3 de abril de 2020, se publicó el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para realizar la adquisición e importación de insumos médicos, a través del procedimiento de adjudicación directa, es decir, sin necesidad de realizar licitaciones públicas. La adquisición de dichos insumos quedará a cargo de la Secretaría de Salud, de la Defensa Nacional y de Marina.

- El Gobierno mexicano ha anunciado que está considerando establecer un Fondo de Emergencia Sanitaria para solicitar fondos adicionales al Congreso para atender este tema, mismos que podrán llegar hasta 180 billones de pesos (0.7% del PIB de 2019).

- El Banco de México incrementó el tamaño del programa de coberturas cambiarias liquidables en moneda nacional, que subasta el propio Banco de México, hasta una cantidad de entre 20 y 30 mil millones de dólares.

- Adicionalmente, se han ajustado temporalmente las reglas contables de los bancos y otras instituciones financieras para facilitar la recalendarización de servicios de deuda. También se ha recomendado suspender el pago de dividendo y la recompra de acciones.

- Los bancos han ofrecido "periodo de espera" de pagos de servicio de deuda de entre 4 y 6 meses para créditos al consumo y pequeñas empresas.

- Brigadas que entregan insumos médicos en domicilios de posibles enfermos de COVID-19.

- El Gobierno mexicano no ha emitido apoyo alguno en temas de aportaciones de seguridad social. Funcionarios del Instituto Mexicano del Seguro Social mencionaron que se darán facilidades para los empresarios que se mantengan al corriente en el pago de aportaciones, sin embargo, no se ha especificado en qué consistirán estas facilidades y al día de hoy, no se han emitido.

- El Gobierno no ha emitido programa de ayudas a empresas sobre pago de impuestos, condonaciones, compensación universal, etc. Los grupos empresariales continúan presionando al Gobierno para que emita acuerdos.

- Se emitió acuerdo para extinguir y concentrar fondos de fideicomisos públicos para hacer frente al COVID-19 y controlar aplicación de recursos a través de Hacienda.

Perú

Con fecha 6 de marzo, el presidente Martín Vizcarra informó a los ciudadanos de la aparición del primer caso de COVID – 19 en el país. Ante dicho suceso, el Estado decidió –con fecha 12 de marzo - postergar el inicio de clases de los colegios privados y públicos hasta el 30 de marzo. Asimismo, el Ministerio de Educación dispuso la postergación de clases en universidades públicas y privadas hasta el 30 de marzo.

Actualmente, las clases en colegios (públicos y privados) y universidades privadas se vienen desarrollando de manera virtual.

Adicionalmente, ante el aumento de personas infectadas con el virus, el Estado, con fecha 15 de marzo, decretó el estado de emergencia nacional y la orden de aislamiento social obligatorio por un periodo de quince días. Asimismo, con fecha 26 de marzo de 2020, el Presidente amplió el estado de emergencia y la orden de aislamiento social hasta el 26 de abril de 2020.

Entre las principales medidas adoptadas, se encuentran:

- Limitación del derecho a la libertad de tránsito salvo los supuestos establecidos, por ejemplo:

a. Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b. Asistencia en establecimientos de salud.

c. Entidades financieras, seguros y pensiones.

d. Prestación laboral para garantizar servicios necesarios.

- Asimismo, se estableció que sólo podrán circular los lunes, miércoles y viernes las personas de sexo masculino y los martes, jueves y sábado las personas de sexo femenino.

- Inmovilización social obligatoria desde las 18:00 horas hasta las 05:00 horas, excepto para las regiones de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto; en estas últimas regiones la inmovilización será desde las 16:00 horas hasta las 05:00 horas.

- Facilidades en materia tributaria, como la prórroga para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre la Renta e Impuesto a las Transacciones del ejercicio de 2019.

- Modificación del cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras.

- Modificación de Tasa de Interés Aplicable a los tributos administrados o recaudados por la SUNAT.

- Otorgamiento de subsidio monetario ascendiente a 380.00 soles a hogares en condición de pobreza o pobreza extrema.

- Implementación de medidas financieras a favor de las micro y pequeñas empresas (MYPEs), como la creación de un Fondo de Apoyo Empresarial, el cual inyectará liquidez por un monto ascendente a la suma de 1,500 millones de soles, a través de créditos garantizados, ya sea para capital de trabajo, reprogramación o refinanciamiento de deudas.

- Implementación de disposiciones para el Sector Privado respecto a teletrabajo.

- Autorización a los trabajadores que estén comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios a disponer libremente de los fondos del monto intangible por depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta por la suma de 2.400 soles.

- Otorgamiento, de manera excepcional, de un subsidio a los empleadores del sector privado que cumplan con ciertos requerimientos por cada trabajador que genere rentas de quinta categoría (trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, electivos o no, como sueldos, salarios, asignaciones, primas, dietas, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales).

Este subsidio consiste en que el Estado financie el 35% de los salarios de los trabajadores formales que ganen hasta 1.500 soles.

- Autorización del retiro extraordinario de hasta 2.000 soles del fondo de pensiones en el Sistema Privado de Pensiones.

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