
Junts ha presentado una proposición de ley para librar a pymes y autónomos del pago del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Se prevé que el Gobierno apoye la propuesta a cambio del respaldo del partido catalán a la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas.
En la actualidad, están exentos de pagar este impuesto local que recaudan los ayuntamientos las pymes y los autónomos que tengan unos ingresos anuales inferiores al millón de euros. La norma plantea incrementar este umbral a los 2 millones de euros para aliviar la carga fiscal a estos contribuyentes.
Además, para las empresas y trabajadores por cuenta propia que tengan una facturación superior a los dos millones de euros anuales, la norma propone que estos contribuyentes puedan deducirse lo pagado a los ayuntamientos por actividades económicas en el Impuesto de Sociedades.
Es decir, las pymes y los autónomos seguirían ingresando a las arcas municipales los importes por Actividades Económicas con el objetivo de "no afectar a los ingresos locales de los ayuntamientos", pero será el Estado a nivel central el que asumirá este detrimento de ingresos a través de una menor recaudación de Sociedades.
Aunque la norma afectará a todos estos profesionales a nivel nacional, ya que se cambian leyes estatales como la del impuesto de Sociedades y la que regula las Haciendas Locales, Junts justifica en la exposición de motivos de la propuesta que la medida "asegura que los municipios catalanes continúen percibiendo el importe íntegro del IAE, sin que esta deducción implique una reducción de los recursos financieros destinados a la prestación de servicios públicos locales".
Los requisitos
Para que pymes y autónomos puedan deducirse lo pagado por Actividades Económicas en su declaración de Sociedades tendrán que cumplir unos requisitos.
Estos negocios y profesionales tendrán que acreditar mediante los justificantes oficiales de las Agencias tributarias locales que han pagado el IAE. Además, el límite de la deducción será el importe total de la cuota íntegra de Sociedades. Es decir, sobre la cuantía final que se deba pagar por este impuesto se aplicará la minoración.
Es decir, si una empresa ha pagado 10.000 euros por Actividades Económicas, pero la cuota íntegra de Sociedades es menor, de 9.000 euros, solo podrá deducirse en Sociedades hasta el límite de esos 9.000 euros. Los restantes 1.000 euros podrá minorarlos en los siguientes diez años si tiene cuota íntegra suficiente que se lo permita.
La proposición de ley blindará que esta nueva deducción no afecte a los criterios de clasificación de las actividades económicas ni a sus tarifas. Asimismo, también propone reducir o adecuar el pago de este impuesto en los casos de empresas en crisis que tengan aprobado un plan de trabajo para la reconversión del negocio.
La medida entrará en vigor al siguiente año de su aprobación en el BOE. Es decir, si la ley saliera adelante este año, se aplicaría a partir del 1 de enero de 2026.
De momento, la norma, que se ha presentado directamente en el Senado, no ha obtenido la disconformidad del Gobierno ni se ha presentado ninguna propuesta de ley alternativa, de modo que apunta a iniciar su tramitación.
Junts justifica que aliviar la carga fiscal a empresas y pymes "permitirá que las empresas puedan destinar una mayor parte de sus recursos a la inversión, innovación y generación de empleo, contribuyendo así al fortalecimiento del tejido productivo".
El partido negoció con el Gobierno rebajar la presión fiscal a las pymes a cambio de darle su apoyo.
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