Legal

El TJUE celebrará el 24 de junio la vista para aclarar si es constitucional que el Estado haga fijos a interinos

  • El Supremo elevó hace un año una nueva cuestión para definir la polémica
  • Europa ya dijo que contratar a estos empleados era una solución al problema
  • Pero el alto tribunal dice que sería inconstitucional si no entran por oposiciones
Una mujer en una protesta que reclama fijeza para los interinos. | EP
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) celebrará el próximo 24 de junio a las 14:30 horas la vista para aclarar si hacer fijos a los interinos o a los trabajadores del sector público es contrario a los principios de la Constitución.

En esta audiencia pública se escucharán los argumentos de las partes, con la Comunidad de Madrid como demandada por el trabajador y el Ministerio Fiscal.

El Tribunal Supremo elevó una nueva cuestión prejudicial el pasado mes de mayo. La Sala busca conocer si la cláusula 5 del Acuerdo Marco que se enmarca en la Directiva sobre el trabajo temporal y que obliga a hacer fijo a un trabajador con contratos temporales durante más de dos años es contraria a la jurisprudencia española.

Nuestra jurisprudencia establece, tal y como marca la Constitución española, que el acceso a la función pública solo puede lograrse mediante los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación. Principios que permiten las pertinentes oposiciones y no una conversión automática de la fijeza.

Además, el Supremo también preguntó si para sancionar a la Administración por abusar de los contratos temporales podría ser suficiente con que tuviera que pagar una indemnización al trabajador tras la extinción del contrato.

El TJUE, en dos fallos de febrero y junio del año pasado, determinó que el legislador español no ha establecido sanciones para disuadir y castigar a la Administración por abusar de los contratos temporales en el sector público. De modo que considera que hacer fijos a estos trabajadores afectados, interinos o empleados públicos, sería una buena forma de sancionarla.

Sin embargo, el Supremo se opone a esta medida ya que considera que es contraria a la Constitución española.

Tras la vista, se espera que el Abogado General de la UE publique sus conclusiones en varias semanas, que pueden extenderse a tres meses. La sentencia del TJUE se espera para la primavera de 2026.

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