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El Constitucional tumba parte de la ley catalana que obligaba a bancos y fondos a ofrecer alquiler social antes de desahuciar

  • Señala que la norma de 2022 invade competencias estatales
Imagen de una vivienda okupada. | EE
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El Tribunal Constitucional (TC) anuló este miércoles parte de la Ley catalana de 2022 para frenar la emergencia habitacional que obligaba a los grandes tenedores de vivienda, como los bancos o los fondos de inversión, a ofrecer una alternativa de alquiler social a los deudores antes de interponer una demanda de desahucio.

La sentencia, de la que fue ponente la magistrada María Luisa Segoviano y que aún no ha sido publicada, estima parcialmente el recurso del PP contra la ley, que declara varios artículos nulos por invasión de competencias estatales en materia de legislación procesal y vulnerar varios artículos de la Constitución española.

La Corte de Garantías tumba siete artículos y una disposición transitoria de la ley de 2022, aunque alguna modificación procede de la normativa anterior de 2018. Entre los artículos que considera inconstitucionales y por tanto anula destaca el 1.3 que obligaba a los bancos y los grandes tenedores de vivienda, como los fondos de inversión, a "ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponer una demanda judicial" ya fuera por la reclamación de una deuda hipotecaria o de desahucio.

Renovación del contrato

Otro de los puntos importantes que anula el Constitucional es el artículo 11, que obligaba a estos grandes tenedores de vivienda a renovar una única vez más el contrato de alquiler social a las personas o unidades familiares que acrediten que siguen cumpliendo los requisitos de exclusión residencial.

Estas personas o familias debían hacer llegar a los propietarios su condición de estar en situación de exclusión, al menos, cuatro meses antes de la renovación del contrato.

Además, la norma extendía esta obligación de renovar los contratos un año con retroactividad. Es decir, también afectaba a los alquileres sociales que se habían negociado antes de que la ley entrara en vigor el 4 de marzo de 2022.

El Constitucional ha aclarado que su sentencia, que aplica desde que se conoció este miércoles, solo afectará a las nuevas situaciones que se produzcan tras anular parcialmente la Ley de emergencia habitacional y no tendrá impacto alguno sobre los contratos de alquiler social ya en marcha.

La Conselleria de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica de la Generalitat de Cataluña señaló tras conocer la decisión de la Corte de Garantías que desde 2022, los grandes tenedores han ofrecido 3.000 alquileres sociales bajo esta ley, que "ya no se pueden tocar", según ha protegido la Corte.

Asimismo, fuentes del mismo departamento, indicaron que el Gobierno catalán buscará soluciones a los problemas de vivienda y recuerdan el discurso del presidente Salvador Illa en el Pleno del Debate de Política General del Parlament, donde anunció un paquete de medidas que incluye 10 millones de euros para atender casos de familias vulnerables.

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