Legal

Las empresas con más de 50 empleados deberán tener un plan LGTBi antes del 10 de abril de 2025

  • El Ejecutivo permite a las firmas sacar las medidas en solitario...
  • ... ante una falta de acuerdo con los sindicatos 
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. | EE
Madridicon-related

Las empresas con más de 50 empleados tendrán que contar con un plan para la igualdad laboral y contra el acoso y la violencia de las personas del colectivo LGTBi (lesbianas, gais, bisexuales, transexuales e intersexuales) antes del 10 de abril de 2025, según revela el Real Decreto que desarrolla estos planes publicado este miércoles en el BOE y que entra en vigor este jueves.

Las compañías que cuenten con un convenio empresarial o colectivo y tengan representación de los trabajadores deberán crear la comisión negociadora para acordar estas medidas a partir de tres meses desde hoy, es decir, antes del 10 de enero de 2025, y alcanzar un acuerdo en los tres meses siguientes, el 10 de abril de 2025. Indistintamente, si no se alcanza un acuerdo en estos tres meses, la empresa tendrá que poner en marcha en plan de forma unilateral. Para ello, utilizarán las medidas que marca el anexo del propio Real Decreto.

Asimismo, las compañías que no cuenten con representación sindical dentro y tengan que acudir a los sindicatos más representantes del sector, tendrán seis meses para convocar la comisión negociadora. Si pasados tres meses, tampoco alcanzan un acuerdo, aprobarán las medidas de forma unilateral. No obstante, si los sindicatos no responden a la llamada de la compañía en un plazo de 20 días hábiles, la empresa podrá aprobar las medidas por su cuenta.

Las socias de Laboral de Cuatrecasas, Almudena Batista y Elisabet Calzada, indican que la norma apuesta por la "negociación ágil" y trata de evitar que exista un bloqueo negociador injustificado, de forma que, transcurridos tres meses desde la constitución de la comisión negociadora sin que exista acuerdo, la empresa podrá aprobar el Plan LGTBI conforme al contenido del Reglamento, cuanto menos provisionalmente.

El legislador trata de evitar de este modo los bloqueos vividos en las empresas por sacar adelante los planes de igualdad (obligatorios desde marzo de 2022 bajo multa de 7.500 euros) ante la falta de acuerdos o la imposibilidad de contactar con los sindicatos más representativos del sector.

Contenido

Los planes LGTBi deben contener cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, medidas para que las empresas contribuyan a su contratación, garantía para el desarrollo de la carrera profesional y promoción, además de formación para los empleados de la empresa sobre sensibilización con el colectivo y el uso de un lenguaje correcto y respetuoso. Asimismo, deberán garantizar los permisos y beneficios sociales, reconocer los distintos tipos de familias y tener un régimen de infracciones y sanciones por comportamientos que atenten contra la libertad sexual, orientación o forma de expresarse.

También será obligatorio un protocolo de prevención y actuación contra el acoso y la violencia.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky