
El Tribunal Supremo (TS) protege a los productores de leche para que no vendan el producto a pérdidas. El Alto Tribunal, en una sentencia del 19 de junio de la que fue ponente la magistrada Ángeles Huet de Sande, rechaza el recurso interpuesto por la Federación de Industrias Lácteas contra el Real Decreto de 2022 que obliga a que el precio pactado entre las partes de los contratos del sector lácteo cubra el coste de producción.
La Federación denunció que la norma suponía una restricción de la libertad de las partes para fijar el precio del contrato que es contraria al derecho de la UE.
El Supremo señala que el sector agroalimentario en general y, dentro de él, el sector lácteo en particular, se encuentra en un estado de vulnerabilidad motivado por el carácter perecedero y no almacenable de la leche, la atomización de los agentes que intervienen en las distintas fases productivas y el desequilibrio de su posición negociadora. "La obligación de que el precio cubra el coste efectivo de producción persigue un objetivo legítimo de evitar prácticas desleales en detrimento de la parte más débil de la cadena, los productores", indica.
Y añade que la medida es adecuada para fortalecer el poder de negociación de los productores y reequilibrar su posición en la cadena en aras a alcanzar una libertad de negociación real y una competencia efectiva, que limita, pero no elimina la libertad de negociación del precio.
La sentencia concluye que el objetivo último de alcanzar un nivel de vida equitativo de los productores de leche tiene pleno amparo tanto en el del Derecho europeo como en el marco constitucional.
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