
El Tribunal Supremo (TS) considera estafa agravada ofertar por internet un anuncio falso de vivienda ante la vulnerabilidad de los ciudadanos por la necesidad de una residencia y los actuales altos precios, tanto para comprar como para alquilar.
El Alto Tribunal, en una sentencia del 19 de junio de la que fue ponente el magistrado Vicente Magro, ha condenado a 18 meses de cárcel e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo (ser votado), una multa de nueve meses a 10 euros por día y el pago a la víctima de 750 euros a una mujer que estafó a una persona a través de un falso anuncio en internet de alquiler de una vivienda. La condenada puso un precio barato para el piso, de 750 euros, y la víctima atraída por eso junto a la necesidad de alquilar una vivienda le hizo un transferencia por ese importe.
El Supremo señala que la estafa agravada en el Código Penal se fundamenta en la idea de dar mayor protección a los bienes de primera necesidad y las viviendas para residir lo son. El tribunal señala que la condenada realizó la estafa aprovechándose "de la necesidad de vivienda que tienen los ciudadanos de alquilar inmuebles en un contexto de elevación de precios en el mercado de alquiler".
"Es reprochable desde el punto de vista penal la realización de ofertas en internet anunciando inmuebles en alquiler, cuando la realidad es que ese inmueble no lo tiene en alquiler la persona que lo ofrece por internet, ni tiene disponibilidad sobre el mismo, por lo que ese aprovechamiento en un contexto de necesidad de acceso a la vivienda integra una estafa agravada", añade el fallo.
La sentencia indica que, además del perjuicio económico que crea en la víctima, se le añade el moral y psicológico al darse cuenta que ha perdido tanto el dinero como la disponibilidad de la posesión del inmueble, teniendo que buscar una vivienda con menos dinero. "En muchos casos, supone agravar la ya de por sí vulnerable posición de las víctimas, haciéndolas más vulnerables aún", concluye el Supremo.
Relacionados
- El Supremo ya analiza la legalidad de indemnizar el despido por encima de los 33 días de salario
- La justicia reconoce la antigüedad a los interinos con más de medio año de parón
- El Gobierno rechaza reconocer la antigüedad de los abogados que pasen al RETA y les insta a 'comprar' cotizaciones para tener pensión
- Alerta a las comunidades de vecinos: los ascensores con la revisión sin pasar se cerrarán a partir del 1 de julio