
La UE propone el rastreo masivo a través de la tecnología de las conversaciones por chat y por email de los ciudadanos para detectar y prevenir el abuso sexual infantil. La presidencia belga recupera la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que fue tumbada a finales del año pasado por las críticas a la intromisión en la privacidad de las personas. Ahora, tras varios cambios al texto, prevé llevarlo hasta la Comisión Europea.
El borrador del Reglamento por el que se establecen normas para prevenir y combatir el abuso sexual infantil obliga a aquellas compañías que tienen aplicaciones de mensajería, chats o de correo electrónico a utilizar tecnologías de rastreo masivo sobre las conversaciones y, en caso de que detecten posibles casos de abuso sexual infantil, avisar a las autoridades pertinentes.
Los cambios introducidos al texto para evitar "interferencias indebidas con los derechos fundamentales y garantizar la proporcionalidad" rebajan las obligaciones de informar y estas compañías solo reportarán los datos y conversaciones de aquellos usuarios que hayan accedido en dos o más ocasiones a material potencialmente delictivo o que hayan intentado solicitar menores en más de una ocasión.
La UE dará unas indicaciones de qué actividades se consideran abuso sexual infantil para que el rastreo tecnológico detecte la difusión de material o conversaciones que puedan ser delictivas. Una vez que la tecnología detecte estas actividades, se necesitará la verificación humana de las conversaciones para evitar "falsos positivos" antes de remitirlas a las autoridades. Cada país deberá designar cuál es su autoridad competente que podrá ser desde un organismo de la Administración, policial o judicial.
"Los proveedores de servicios de alojamiento y de servicios de comunicaciones interpersonales disponibles públicamente se encuentran en una posición única para detectar posibles abusos sexuales a menores por internet. La información que pueden obtener al ofrecer sus servicios suele ser indispensable para investigar y procesar eficazmente los delitos de abuso sexual infantil", señala el borrador del Reglamento. "Por lo tanto, se les debe exigir que informen sobre posibles abusos sexuales infantiles por internet en sus servicios, siempre que tengan conocimiento de ello, es decir, cuando existan motivos razonables para creer que una actividad particular puede constituir abuso sexual infantil. […] En aras de la eficacia, debería ser irrelevante de qué manera obtengan dicho conocimiento", indica el texto.
Restringir derechos
Asimismo, también justifica que la Directiva europea relativa al tratamiento de datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas permite a los Estados miembros adoptar medidas legislativas para restringir el alcance de los derechos y obligaciones relativos a la confidencialidad de las comunicaciones cuando dicha restricción constituya una medida adecuada y proporcionada para prevenir, investigar, detectar y enjuiciar delitos penales.
Lo que no se controlará
El rastreo podrá hacerse sobre conversaciones por chat y también sobre audios, pero la norma no permite la escucha de conversaciones telefónicas. Quedan fuera de este control la información confidencial y clasificada, la información cubierta por el secreto profesional, los secretos comerciales y los servicios de comunicaciones electrónicas que no están disponibles públicamente.
La norma quiere aplicar esta obligación a todas las empresas que presten estos servicios dentro de la UE. Si están radicadas fuera, deberán tener un representante legal dentro de la UE.
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