Legal

El Constitucional anula las sanciones mínimas a los partidos por exceder los gastos electorales

  • Señala que son contrarios a la Carta Magna que garantiza...
  • ...el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos
Entrada del Tribunal Constitucional. | EP
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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) anuló este miércoles por inconstitucionales las sanciones mínimas exigidas a los partidos políticos por excederse en los gastos electorales.

Concretamente, la Ley Orgánica de Financiación de los Partidos Políticos establece una sanción mínima de 5.000 euros para aquellos partidos que sobrepasen entre un 1% y un 3% el límite de sus gastos electorales; una multa mínima de 25.000 euros para aquellos que lo excedan entre un 3% y un 10%; y una sanción mínima de 50.000 euros para aquellas formaciones políticas que lo superen por encima del 10%.

El Tribunal Supremo planteó la cuestión de inconstitucionalidad antes de resolver un recurso interpuesto por el Partido Independentista Torre Pacheco contra la sanción de 5.000 euros que le había puesto el Tribunal de Cuentas, en aplicación de ese mínimo legal, por haber excedido el partido en 91,47 euros su límite de gasto de 3.917 euros en las elecciones locales del 26 de mayo de 2019.

El Constitucional razona que, tal y como está configurado el límite de gastos electorales en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, este límite mínimo de la sanción por exceso de gastos se aplica "exclusivamente" a los partidos pequeños y de escasa representatividad que se presentan en uno o unos pocos ayuntamientos en las elecciones municipales. Fuera de estos casos, el límite mínimo de la sanción no tiene aplicación.

Por tanto, concluye que el límite mínimo incurre en "una desproporción" contraria a la Constitución que garantiza el derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos y define los partidos políticos como cauces de expresión del pluralismo político, de formación y manifestación de la voluntad popular e instrumento fundamental para la participación política.

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