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El TJUE responderá al Supremo el día 25 sobre la prescripción para reclamar los gastos hipotecarios

Varias sucursales de bancos en una calle. | Daniel G. Mata
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará por segunda vez este año sobre cuándo debe comenzar a correr el plazo de prescripción para que el consumidor pueda reclamar al banco la devolución de los gastos hipotecarios. En esta ocasión, el TJUE responderá el próximo 25 de abril al Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal recibió el caso de dos consumidores que firmaron una hipoteca en 1999 con el Banco Santander. En octubre de 2017, los consumidores solicitaron la anulación de la cláusula que le imputaba el cien por cien de los gastos hipotecarios y la restitución de las cantidades.

El tribunal de primera instancia declaró nula la cláusula y condenó al Banco Santander a pagar a los consumidores las cantidades. Sin embargo, la entidad recurrió ante la Audiencia Provincial de Barcelona que consideró que el punto de partida del plazo de prescripción de la acción de restitución de los gastos era la fecha en la que se pagaron, es decir, en 1999 cuando se firmó la hipoteca.

Los consumidores recurrieron al Supremo, que pide al TJUE que aclare el inicio en el que empieza a correr la prescripción. El tribunal de Luxemburgo ya determinó en su sentencia de este 25 de enero que el plazo de prescripción para pedir la devolución de estos gastos comienza una vez que el consumidor conoce que la cláusula de su contrato es abusiva y los derechos que tiene. Sin embargo, este fallo sigue provocando una disparidad de sentencias porque cada tribunal nacional considera en distintas fechas el momento en que el consumidor conoce que la cláusula es abusiva.

De momento, la Audiencia Provincial de de Barcelona fijó este 21 de marzo que el plazo para reclamar cláusulas abusivas empezó en enero de 2017 porque fue cuando diversas asociaciones de consumidores y despachos de abogados habían lanzado una intensísima campaña de publicidad dirigida a la captación de clientes para reclamar los gastos de sus hipotecas.

No obstante, hay una nueva cuestión prejudicial que acaba de mandar un juzgado de Galicia al TJUE sobre la prescripción para reclamar los gastos hipotecarios que pueda dar un giro a la actual situación. El tribunal pregunta si es conforme a Derecho europeo que se pueda declarar nula por abusiva un cláusula en cualquier momento porque para ello no hay plazo de prescripción, pero que sí que haya plazo de prescripción para devolver el dinero cobrado de más al cliente por esta cláusula abusiva, especialmente cuando en la norma española no hay ningún supuesto en que la nulidad y sus efectos "corran por caminos separados en cuanto a la prescripción" como tampoco hay jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto.

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