Los asesores fiscales del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas recomiendan a los contribuyentes que hayan tenido que realizar la autoliquidación del impuesto a las grandes fortunas que comiencen a solicitar ya la rectificación del tributo ante una inminente sentencia del Tribunal Constitucional antes de que finalice el año.
Un fallo favorable de la Corte de Garantías podría llevar a la devolución de lo pagado. Sin embargo, como ya ocurrió con la anulación del impuesto a la plusvalía, el tribunal podría limitar su recuperación a los contribuyentes que no hubieran actuado por la vía económico-administrativa o por la judicial y también a aquellos que, habiéndolo hecho, ya hubiera resolución o sentencia firme al respecto. Por lo tanto, los asesores recuerdan que los tiempos son clave tanto para no apresurarse por la vía económico-administrativa que pueda cerrar el caso antes de un fallo del TC, pero también para no dormirse y actuar antes de la sentencia.
"Aconsejaría no despistarse", aseguró Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas, durante la sesión realizada este lunes para analizar la situación actual de la tributación de la riqueza. Pich señaló que los contribuyentes más adecuados para presentar la solicitud de rectificación del tributo son aquellos que tengan una cierta base de cantidad (para que no les salga más caro el coste de abogados y procuradores que la cantidad a recuperar) y cuya declaración no sea compleja (porque se hayan aplicado exenciones). "Si se cumplen estas dos circunstancias, lo razonable es ir a la vía administrativa lo más rápidamente posible", señaló.
El presidente del REAF-CGE, Agustín Fernández, matizó que es difícil conocer cuál es el momento adecuado para actuar ante las dudas de que realmente el Constitucional vaya a tener la sentencia antes de fin de año, como se apunta en los círculos jurídicos. No obstante, a su juicio, consideró que sí hay que ir preparando ya las actuaciones.
El nuevo Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ISGF) entró en vigor el pasado 29 de diciembre para gravar la riqueza de los contribuyentes de 2022 y 2023 cuyo patrimonio excediera los 3,7 millones de euros. El tributo ha sido recurrido ante al Audiencia Nacional así como ante el Tribunal Constitucional antes los visos sobre su inconstitucionalidad. Concretamente, en los argumentos esgrimidos, entre otros por las CCAA que lo han impugnado, destacan que se creó mediante una enmienda a una proposición de ley, en vez de crearse mediante una propuesta de ley y que además, la proposición no tenía relación con el nuevo impuesto. Además, también razonan que el gravamen invade, mediante una ley ordinaria, competencias otorgadas a las CCAA a través de una ley orgánica y afecta a la autonomía financiera de las regiones. Finalmente, cuestionan que la nueva tasa es retroactiva y el contribuyente no tuvo margen para articular su estrategia fiscal y que vulnera el principio de capacidad económica y de no confiscatoriedad porque el tipo que se establece es superior a la rentabilidad que los contribuyentes obtienen de su patrimonio.
Hacienda comunicó la semana pasada que había recaudado 623 millones por el impuesto a las grandes fortunas, un 60% menos de lo esperado. De ese volumen, el 90% procedía de Madrid. El Ministerio señaló que trataría de dialogar con las CCAA para hacer el tributo permanente, en vez de temporal, y poder recaudar verdaderamente de los más ricos. Una propuesta que los fiscalistas ven complicada de sacar adelante ante la tensa situación política entre CCAA y la disparidad fiscal actual a la hora de decidir sobre impuestos ante las recientes nuevas bonificaciones de Andalucía, Extremadura y Galicia en el Impuesto al Patrimonio o las de La Rioja, Valencia y Baleares en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Eliminar Patrimonio
Por otro lado, los asesores fiscales también han pedido eliminar el Impuesto de Patrimonio o, al menos, situar el tipo por debajo del 1%. Desde el REAF recuerdan que España es el único país de la Unión Europea que tiene un impuesto que grava el patrimonio.
Agustín Fernández señaló que estamos en una economía global y competimos con Europa a todos los niveles, por lo tanto, la tributación no debería desadaptarse del resto de países o, al menos, no ejercer de elemento distorsionador ni impulsar que los residentes se deslocalicen hacia otros territorios. Así, recordó que las rentabilidades que un contribuyente pueda lograr sobre sus bienes están bastante separadas de la tarifa del Impuesto de Patrimonio, cuyo tipo marginal máximo se sitúa en el 3,5%.
Por tanto, para el REAF había que suprimir este tributo. No obstante, si se optara por mantenerlo recomiendan que el marginal máximo de la tarifa no supere el 1%. Además, piden reducir el efecto de la sobreimposición que se produce en los bienes inmuebles porque ya están gravados por el IBI. También llaman a solucionar los problemas que se presentan en la aplicación de la exención a las empresas familiares clarificando su regulación para evitar la evasión y reforzar la seguridad jurídica.
Además, habría que clarificar la valoración de los activos digitales distintos a las criptomonedas para ver si se valoran sobre el activo subyacente o valor de mercado y piden homogeneizar en todos los territorios la base imponible y el mínimo exentos.
En la actualidad, Madrid y Andalucía mantienen bonificado este impuesto al 100%. Asimismo, Galicia, también ha subido la bonificación del 25% al 50% actual, mientras que Extremadura ya ha anunciado que lo bonificará al 100% para la autoliquidación de 2023 que se hará el año que viene.
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