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El Consejo Económico y Social pide eliminar de la ley de fusiones que las firmas estén al día con Hacienda

  • Critica que el Gobierno use la tramitación de urgencia para aprobar la norma
  • Señala que el texto se ha ideado para empresas grandes y no para pymes
Personas en una mesa con piezas de puzzle.

El Consejo Económico y Social (CES) pide eliminar de la futura ley de fusiones que se tramita en la actualidad en las Cortes la obligación de que las compañías, para llevar a cabo estas operaciones, tengan que estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

El órgano señala que no tiene sentido exigir esta acreditación "porque con frecuencia las empresas con problemas de solvencia que entran en concurso son deudoras de las Administraciones Públicas", según señala en su dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Modificaciones estructurales de sociedades mercantiles que transpone la Directiva 2019/2121 (UE) del Parlamento y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas.

La futura norma busca actualizar el régimen vigente de fusiones transfronterizas y extenderlo también a transformaciones y escisiones tanto parciales como totales para lo que dota de nueva regulación y terminología al traslado internacional del domicilio social que pasa a denominarse transformación transfronteriza. El objetivo es fomentar la libertad de establecimiento en la Unión Europea de las sociedades mercantiles.

El dictamen del CES se muestra muy crítico con la decisión del Gobierno de tramitar esta futura norma por el proceso de urgencia, puesto que el plazo para transponer la directiva europea finalizó el 31 de enero de este año. El CES señala que su labor "se ha visto seriamente afectada por la perentoriedad del plazo de urgencia" para la emisión del dictamen, "afectando a la responsabilidad institucional de elaborar un dictamen acorde con la importancia económica y social, la complejidad y el alcance" de la norma. "El CES muestra su disconformidad con el procedimiento seguido en la consulta por parte del Ministerio (de Justicia) proponente al requerir al CES la emisión de su preceptivo dictamen en tan breve plazo, tiempo a todas luces insuficiente para abordar un examen en profundidad de un texto normativo de gran relevancia y complejidad técnica como el presente", reprocha. Asimismo, añade que los retrasos en las transposiciones de directivas europeas conllevan en muchos casos, como éste, "la falta de diálogo social y de consulta a los interlocutores sociales", afectando a la calidad de la norma lo que "iría en detrimento de la necesaria seguridad jurídica".

Poca atención a las pymes

En lo que refiere a la norma, el CES critica que presta poca atención a las pymes, a pesar de que suponen el 99% del tejido empresarial español y europeo. "Ni el texto objeto de dictamen, ni la propia Directiva que traspone, prestan especial atención a las necesidades del pequeño tejido empresarial español o europeo en este ámbito. De hecho, la norma parece dirigirse más bien a empresas de tamaño grande", expone.

Asimismo, señala que la norma no asegura los derechos de información, consulta y participación de las personas trabajadoras afectadas por modificaciones empresariales estructurales.

"La norma recoge expresamente solo de manera parcial los derechos de información, participación y consulta de las personas trabajadoras en estas modificaciones remitiéndose, aunque no siempre, a otras leyes vigentes que regulan esta materia, lo que provoca una gran dispersión normativa que dificulta la comprensión del alcance de los derechos de las personas trabajadoras en estos procesos", señala. En el caso de sociedades mercantiles en situación de concurso o preconcurso, que el prelegislador opta por incluir en el ámbito subjetivo de la norma, según el CES, el anteproyecto omite expresar que los derechos de información y consulta de la representación de las personas trabajadoras en estos casos se ajustarán a lo previsto en el Real Decreto legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, como en cambio sí hace con los derechos de los socios y los acreedores.

Sobre el informe que el órgano de administración debe elaborar para los empleados y socios de la empresa en caso de modificaciones estructurales, apunta a que se excluye una explicación sobre las consecuencias de la operación para las relaciones laborales o las medidas destinadas a preservar dichas relaciones y sobre cómo estas operaciones afectan a las filiales, puntos que sí recoge la directiva europea. "El CES quiere llamar la atención de que con esta regulación se produce una asimetría injustificada entre las operaciones internas y las transnacionales en cuanto al contenido del derecho de información de las personas trabajadoras, y que ello contradice el objetivo declarado del prelegislador de elaborar una norma general homogénea que equipare ambos tipos de modificaciones estructurales", advierte.

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