
La Agencia Tributaria ha comunicado que suspende la obligación a los intermediarios (como abogados), en razón de su secreto profesional, de informar a otros intermediarios de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal agresiva de sus clientes.
Hacienda, en una notificación comunicada este miércoles, señala que aplica así la medida cautelar del Tribunal Supremo del pasado 27 de febrero por la que se suspendía esta obligación de comunicación que recogía la transposición de la Directiva de Cooperación Administrativa que se hizo en 2020, conocida como DAC 6. El Alto Tribunal tomó esta determinación en su auto en aras de proteger el secreto profesional.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia del 8 de diciembre de 2022, ya exoneró a los intermediarios financieros de identificarse frente a otros intermediarios puesto que suponía ir en contra de lo que dice el artículo 7 del secreto de las comunicaciones. Esta obligación afectaba al secreto profesional al obligar a identificarse como abogado frente a otro intermediario para comunicar que ha participado en la operación.
Ahora, la Agencia Tributaria informa que "queda suspendida la obligación, prevista en el apartado 1 de la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley General Tributaria, de realizar la comunicación de aquellos intermediarios en los que la cesión de la información vulnere el régimen jurídico del deber de secreto profesional".
Este apartado que se suspende recogía que los intermediarios eximidos por el deber de secreto profesional de la presentación de la declaración de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal deberán comunicar fehacientemente dicha exención a los demás intermediarios y obligados tributarios interesados que participen en los citados mecanismos, sobre quienes recaerá la obligación de presentar la declaración, en los términos establecidos reglamentariamente.
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