El Pleno del Tribunal Constitucional ha informado este martes que ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por la Comunidad de Madrid y la Xunta de Galicia contra el impuesto a las Grandes Fortunas aprobado el pasado diciembre por el Ejecutivo. El Constitucional ya admitió a trámite también el pasado mes de marzo el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía. Al igual que hizo con el recurso andaluz, en este caso el Tribunal de Garantías también ha denegado adoptar la suspensión cautelar del impuesto solicitada por Madrid.
Según informa el TC, la Comunidad de Madrid alegó que el gravamen podría vulnerar el principio de seguridad jurídica, los principios de capacidad económica y no confiscatoriedad y la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas. Por su parte, la Xunta de Galicia también impugnó la constitucionalidad del impuesto, pero a diferencia del recurso de Madrid, no solicitó la suspensión de la norma.
Por otro lado, el Pleno también ha desestimado el recurso de súplica presentado por el Consejo de Gobierno de Andalucía contra la providencia de 21 de marzo, que denegó la petición de suspensión cautelar del citado impuesto.
El Tribunal Constitucional explica que la denegación de la medida cautelar responde a la manifiesta falta de cobertura legal, en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, de una decisión de suspensión de la eficacia o la ejecución de las leyes estatales. Así, razona que "la resolución apropiada para denegar la solicitud realizada por el recurrente era la providencia, pues el sentido de la decisión del Tribunal era únicamente el de constatar, sin más, la imposibilidad jurídica a priori de proceder del modo interesado por la parte actora, sin que hubiera por tanto, posibilidad alguna de entrar a dar respuesta a los argumentos esgrimidos a favor de su adopción".
Recaudar 1.500 millones
El Ejecutivo aprobó el pasado diciembre el Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas con el objetivo de recaudar 1.500 millones de euros al año, en plena inflación y ante los efectos de la invasión de Ucrania. El gravamen aplica un tipo que oscila del 1,7% al 3,5% para aquellos patrimonios superiores a los 3 millones de euros, aunque los residentes tienen exentos los primeros 700.000 euros. El Ejecutivo, que aplicó el gravamen para 2022 y 2023, prevé que afectará a unos 23.000 contribuyentes. La liquidación sobre 2022 tendrá que hacerse entre el 1 y el 31 de julio de este año.
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