Legal

Andalucía recurre ante el Constitucional la negativa de suspender de forma cautelar la tasa a los ricos

  • Argumenta que tomó la decisión en una providencia en vez de por un auto
Sede del Tribunal Constitucional.

El gabinete jurídico de la Junta de Andalucía ha presentado este viernes ante el Tribunal Constitucional un recurso de súplica contra su decisión del pasado martes de denegar la petición de suspensión cautelar del Impuesto a las Grandes Fortunas. La Corte de Garantías admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Ejecutivo andaluz, pero rechazó su petición de parar el gravamen. La liquidación de este nuevo impuesto que grava la fortuna por encima de los 3 millones de euros (bonificando para los residentes los primeros 700.000 euros) se hará entre el 1 y el 31 de julio.

La consejera andaluza de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, Carolina España, explicó este viernes que se ha presentado el recurso de súplica puesto que la Corte rechazó la suspensión a través de una providencia y no por un auto, lo que choca contra la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. A su juicio, un auto hubiera permitido plantear votos particulares. Asimismo, señaló que el órgano no motivó suficientemente esta decisión.

La Junta recurrió el gravamen bajo los argumentos de que podría suponer una vulneración de la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas y del bloque de la constitucionalidad en materia de tributos cedidos; también, una infracción del derecho de representación política, del principio de lealtad constitucional e institucional y del principio de seguridad jurídica. La Comunidad de Madrid y la Asamblea madrileña también han presentado sendos recursos casi idénticos ante el Constitucional, de los que aún no se ha tomado una decisión.

El Gobierno aprobó este nuevo impuesto el pasado diciembre, que grava la riqueza de 2022 y de 2023, con el objetivo de recaudar unos 1.500 millones de euros al año. La tasa afectará a unos 23.000 contribuyentes y también afecta al patrimonio que tienen los no residentes en España si supera los 3 millones de euros. Andalucía y Madrid tienen bonificado al 100% el Impuesto de Patrimonio. Esta tasa, para evitar una doble imposición, resta a los contribuyentes lo que ya hayan abonado por Patrimonio, sin embargo, en Madrid y Andalucía al estar totalmente bonificado, los contribuyentes afrontar el pago de la tasa a los ricos al completo.

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