Legal

El Constitucional rechaza suspender de forma cautelar el impuesto a los ricos

  • El tribunal admite el recurso contra la tasa interpuesto por Andalucía
Juan Manuel Moreno, presidente de la Junta de Andalucía.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía el pasado 24 de febrero contra el nuevo impuesto a las grandes fortunas, aprobado por el Gobierno central el pasado 28 de diciembre. No obstante, la Corte de Garantías ha rechazado la petición de la Junta de suspender de forma cautelar el gravamen. Cabe recordar que el impuesto grava las fortunas superiores a los 3 millones de euros, en el caso de los residentes en España, y de los 3,7 millones; en el caso de los no residentes. Se aplicará sobre los ejercicios 2022 (con retroactividad) y 2023 y la primera liquidación se hará del 1 al 31 de julio de este año.

Según ha informado el Constitucional este martes a través de un comunicado, la Junta de Andalucía, liderada por Juan Manuel Moreno, ha alegado en su recurso que el nuevo impuesto podría suponer una vulneración de la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas y del bloque de la constitucionalidad en materia de tributos cedidos; también, una infracción del derecho de representación política, del principio de lealtad constitucional e institucional y del principio de seguridad jurídica.

La Comunidad de Madrid también presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el mismo impuesto el pasado 1 de febrero, es decir, casi cuatro semanas antes que Andalucía, sin embargo, el Constitucional aún no ha visto este recurso ni tiene fecha para ello, señalan fuentes jurídicas a este diario.

El pasado viernes se conocía que el ponente en la sentencia del impuesto a las grades fortunas sería al exministro socialista de Justicia y también magistrado del Constitucional desde este mes de enero Juan Carlos Campo. A pesar de las críticas del Gobierno andaluz sobre la elección de este ponente para el caso, ya que formó parte del actual Ejecutivo, mismo que ha aprobado el gravamen, nadie presentó recusación contra él.

Contribuyentes afectados

Las dos únicas Comunidades Autónomas que han recurrido el impuesto, Madrid y Andalucía, están gobernadas por el PP y tienen una bonificación del cien por cien del Impuesto de Patrimonio. Esto significa que si los contribuyentes de estas regiones están exentos de pagar por patrimonio, tendrán que abonar la totalidad del tipo que le corresponda por Grandes Fortunas. Concretamente, se gravará con 1,7% la riqueza entre los 3 y 5,3 millones de euros; con un 2,1%, de 5,3 a 10,6 millones; y con un tipo del 3,5% la fortuna superior a 10,6 millones. En el caso de los contribuyentes en las CCAA que sí aplican Impuesto de Patrimonio, independientemente de que tenga una mayor, menor o nula bonificación, ara evitar una doble imposición a la hora de abonar también por Grandes Fortunas, se le aplicará una deducción de lo pagado por la primera tasa.

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