Energía

La Comisión y el Tribunal General incurrieron en error: Engie no tenía ventajas fiscales en Luxemburgo

  • Según la opinión de la Abogada General Kokott la decisión partía de un marco de referencia equivocado

La Comisión Europea y el Tribunal General se equivocaron en su resolución de 2018. Ambos organismos declararon que Engie recibía un trato fiscal favorable y con una ventaja selectiva por "una excepción a la legislación fiscal luxemburguesa", según el informe del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En su día, la Comisión consideró que los beneficios del grupo Engie obtenidos por las filiales luxemburguesas estaban libres de tributación y, por tanto, la compañía recibía ayudas de Estado ilegales en forma de ventajas fiscales.

Tras esta resolución, tanto Engie como el Gran Ducado interpusieron un recursos. Ahora, después de cuatro años, la Abogada General Kokott, y aunque sus conclusiones no son vinculantes, ha propuesto al Tribunal de Justicia que "anule la sentencia del Tribunal General y la decisión de la Comisión". Así, la Abogada General asegura que la Comisión no ha demostrado que hubiera una aplicación abusiva de estas ventajas fiscales. 

El origen de la disputa

El conflicto tiene su origen en dos decisiones fiscales tomadas por Luxemburgo de manera anticipada y a favor de la compañía energética. Engie cuenta con dos sociedades en el país que solo tributan al tipo normal del impuesto de sociedad sobre una base imponible que fue pactada con la Administración. 

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