
La emisión de publicidad siempre ha tenido unas normas muy estrictas que salvo contadas excepciones se han cumplido y respetado. La irrupción de las redes sociales y las plataformas de streaming, sobre todo entre los jóvenes, ha creado un nuevo escenario con un vacío legal. A pesar de que las normas actuales obligan a etiquetar el contenido publicitario como tal, esto no se está haciendo. De hecho, 34,3% de los mensajes publicitarios y promocionales que se emiten en estas plataformas son comunicaciones comerciales encubiertas según el último estudio elaborado por la Asociación de Usuarios de Comunicación (AUC).
La publicidad encubierta es una práctica prohibida y sancionada por la legislación actual, es más, las televisiones en abierto están muy perseguidas en este aspecto. Mediaset, sin ir más lejos, fue sancionada con 196,000 euros el pasado mes de enero por incluir publicidad comercial encubierta en un capítulo de la serie de televisión La que se avecina. En las redes sociales y plataformas de streaming, esta práctica en el 84,6% de los casos se produce entre los influencers.
Este no es el único problema del que alertan desde la AUC y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Ambos organismos han visionado 4.000 vídeos y únicamente un 1,1% presenta algún tipo de señal o advertencia de edad, "algo que es obligatorio para las televisiones", apuntan desde Uteca, la patronal de las televisiones en abierto. Además, solo un 5,5% de los contenidos perjudiciales para el menor presenta algún tipo de señal o advertencia de edad.
La AUC destaca también la actuación de los influencers infantiles y juveniles, "que explotan la confianza y credulidad de los menores, incitándoles a la compra, generalmente de forma encubierta". Desde el organismo quieren poner el foco en "el acceso de los menores a contenidos de estética que imponen cánones de belleza muy estrictos y excluyentes".
En la misma línea, el análisis de la CNMC, realizado por los propios técnicos del organismo, constata que "en una gran parte de los contenidos que emiten estos agentes en las plataformas de intercambio de vídeo existen comunicaciones comerciales no identificadas o contenidos audiovisuales que pueden ser perjudiciales o inapropiados para los menores".
El estudio de la CNMC señala que en los vídeos de Youtube y Twitch "lo más relevante, por su presencia en más de la mitad de los vídeos visionados, es la existencia de contenidos que pudieran vulnerar la normativa sobre protección de los menores y de comunicaciones comerciales".
En cuanto a Instagram TV, la CNMC alerta de que "también se ha apreciado una alta exposición de contenidos comerciales por parte de estos agentes sin la debida identificación de los mismos". En este contexto, la CNMC pretende supervisar la actividad de los influencers por considerarles prestadores de servicios audiovisuales.
"Ambos estudios muestran un escenario muy preocupante. El Ejecutivo debe cesar en su inactividad y dejar de escudarse en la imposibilidad de legislar sobre estas plataformas por tener su sede social fuera de España. Al igual que ha hecho con la prohibición de la publicidad del juego, que ha logrado que afecte por igual a los medios tradicionales y a los operadores digitales, debe dictar unas leyes de obligado cumplimiento para todos los operadores que difunden sus contenidos en España", reclaman desde Uteca.