Empleo

Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: esta es la compensación a la que tienen derecho los empleados que acudan a su puesto en festivo

Trabajador de supermercado | Foto: iStock

El próximo 15 de agosto es festivo nacional, y además cae en viernes, por lo que muchos trabajadores aprovecharán para irse de puente el fin de semana y desconectar de la sofocante rutina del verano. No obstante, los hay que deberán cubrir y acudir a su puesto de trabajo como cada día, teniendo que ser recompensados por ello.

Así lo estipula el Estatuto de los Trabajadores (ET), que además establece en su artículo 37.2 que el número de festivos trabajados "no podrán exceder de catorce al año, de los cuáles dos serán locales". En consecuencia, las fiestas laborales "tendrán carácter retribuido y no recuperable", es decir, que debe existir algún tipo de compensación por trabajar alguno de los días marcados como festivos, sea cual sea su denominación (locales, nacionales, etc.), habiendo siempre previo acuerdo entre la empresa y el empleado para determinar si lo trabaja o no.

Cabe recordar que, por ley, los sábados, domingos y festivos son consideras días inhábiles, en los que el empleado tiene derecho a descansar al menos un día a la semana, por lo general el domingo. No obstante, es posible que puedan ser requeridos para trabajar estos días, debiendo recibir una compensación adicional por ello.

Cobrar un 75% más

En España los festivos, ya sean trabajados o no, siempre se pagan, tanto a los que acuden a su puesto de trabajo como los que no, considerándose periodos de descanso remunerados para estos últimos. En el caso de los que sí tienen que trabajar, el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983 establece que la empresa está obligada a abonar a la persona el importe de las horas trabajadas en el día festivo incrementadas en, al menos, un 75%, pudiendo también compensarse con un descanso equivalente.

Es posible que en algunos casos el convenio colectivo contenga disposiciones específicas que establezcan un pago adicional u otro tipo de compensación por dichas jornadas laborales, información que se puede consultar en la cláusula séptima del contrato de trabajo.

Resumiendo, la rentabilidad de trabajar en días festivos depende de varios factores, como las condiciones laborales acordadas, la compensación adicional ofrecida o la demanda de trabajo.

Depende también del sector

Con todo, hay sectores que tienen una regulación especial en este aspecto por ser imprescindibles para la sociedad. Es el caso de la sanidad, cuyos hospitales y servicios de emergencia tienen que estar operativos las 24 horas del día 365 días al año. Algo parecido ocurre en las empresas de transporte público, como trenes o autobuses, que mantienen sus servicios durante los días festivos para garantizar la movilidad de las personas.

También los restaurantes, bares y establecimientos comerciales pueden abrir en días festivos por ser momentos de gran afluencia de clientes.

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