Economía

Lo confirma el Estatuto de los Trabajadores: estos son los descansos a los que tienen derecho los empleados en su jornada laboral

Foto: Dreamstime.

La jornada laboral de los trabajadores no se concibe como un bloque de horas durante el cual el empleado no puede dejar de desarrollar sus tareas. La ley les concede diferentes descansos que tienen el objetivo de garantizar su salud física y bienestar psíquico.

En concreto, es el Estatuto de los Trabajadores la norma que se encarga de regular cuáles deben ser los descansos de los empleados durante su jornada laboral. Estos periodos de descanso se disfrutan a lo largo de esta jornada y no deben confundirse con otros que tienen lugar fuera del lugar de trabajo o entre jornadas.

Hay que acudir al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (puede consultarlo en este enlace), el de la jornada, para conocer cuáles son los descansos obligatorios a lo largo de la jornada laboral. Estos periodos dependen de la duración de la jornada y de la edad del trabajador, y se pueden desglosar en dos categorías diferentes.

Descansos de los trabajadores en su jornada laboral

Dice el Estatuto que los trabajadores tienen derecho a un descanso de al menos 15 minutos de duración cuando su jornada de trabajo sea de seis horas diarias de duración.

"Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo", especifica el texto legal. Por eso, es muy recomendable revisar el contrato y el convenio aplicable para conocer en qué condiciones se disfrutan esos descansos.

Descansos de los trabajadores menores de edad en su jornada laboral

En el caso de los trabajadores menores de edad, afirma el Estatuto, el descanso será de al menos 30 minutos de duración para todos aquellos empleados que tengan una jornada de al menos cuatro horas y media diarias.

Este aumento del tiempo de descanso se otorga a los trabajadores menores de edad porque se les considera más vulnerables y merecedores de una protección especial.

Sentencias judiciales que reconocen estos descansos

La gran lucha que mantienen los trabajadores no es el disfrute de los descansos, garantizados por la ley, sino la inclusión o no de los mismos dentro de la jornada de trabajo. Es decir, si son o no recuperables. Y, al respecto, los tribunales han dirimido ya varios juicios en los que los empleados se han enfrentado a las empresas para defender que esos descansos no se tengan que recuperar.

Ha sido el caso, por ejemplo, de los trabajadores de una empresa que llevaron a un tribunal de Plasencia la decisión de su empresa de que recuperasen el tiempo de descanso una vez transcurridos 15 años durante los cuales los empleados no tuvieron que recuperarlo.

En este caso, el tribunal que se encargó de la denuncia de los trabajadores dio la razón a los empleados y consideró tiempo efectivo de trabajo el periodo de descanso, dado que así se había ejercido este derecho de forma continuada.

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