Economía

Jubilación anticipada a los 52 años para personas con discapacidad: la Seguridad Social podría incluir 14 nuevas patologías en el listado

Silla de ruedas | Foto: iStock

Conforme a la normativa vigente, la Seguridad Social permite a los trabajadores de nuestro país adelantar su edad de retiro entre dos y cuatro años como máximo, siendo necesario cumplir con una serie de requisitos para hacerlo. Eso sí, los que accedan a la jubilación anticipada tendrán que enfrentar una serie de coeficientes reductores que mermarán significativamente la cuantía de la prestación. No obstante, el organismo público permite a las personas que tengan acreditado un cierto grado de discapacidad retirarse a los 52 años.

Hay que matizar que para acogerse a esta tipología de jubilación anticipada, la persona discapacitada tendrá que padecer alguna de las enfermedades especificadas por ley, un listado que, a ojos de varias organizaciones, se queda muy corto.

Ampliar la lista

Es por esto que la Federación Española de Asociaciones de Espina Bífida e Hidrocefalia (FEBHI) y la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), así como su Movimiento Asociativo, han solicitado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que incluyan 14 nuevas patologías en el catálogo de la jubilación anticipada para trabajadores con grado de discapacidad del 45% o superior.

En la petición han incluido 14 informes médicos y estudios técnicos que certifican que muchas de estas enfermedades reducen la esperanza de vida e impiden trabajar en condiciones dignas, ya que afectan especialmente a personas con discapacidad física y orgánica. En concreto, las 14 dolencias que reclaman que se incluyan para la jubilación anticipada por discapacidad son:

  1. Enfermedad renal crónica.
  2. Enfermedad de Párkinson.
  3. Lupus eritematoso sistémico
  4. Artritis reumatoide.
  5. Espina bífida.
  6. Fibromialgia.
  7. Esclerodermia.
  8. Encefalomielitis miálgica.
  9. Enfermedad de Steinert.
  10. Enfermedad de Huntington.
  11. Enfermedad de Andrade
  12. Inmunodeficiencias primarias.
  13. Hipertensión pulmonar.
  14. Paraparesia espástica.

"Hemos hecho todo lo que está en nuestra mano para proponer al Gobierno que las personas que tienen estas patologías puedan tener derecho también al descanso que supone la jubilación, gozando de salud y haciendo uso de su tiempo libre de manera plena", comentaba el presidente de COCEMFE, Anxo Queriuga, en el comunicado que han emitido informando de la petición gubernamental.

El proceso en profundidad

Pero el proceso de reconocimiento no será sencillo. La decisión final sobre la inclusión de una nueva patología será adoptada por una Comisión Técnica, la cuál emitirá un informe provisional sobre cada una de las solicitudes presentadas y admitidas para su consideración. De dicho informe se dará traslado para audiencia a las partes interesadas o a sus representantes por un plazo de diez días para presentar alegaciones.

Finalmente, la Comisión técnica elevará propuesta dirigida a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y en el plazo de seis meses desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes y en el mismo sentido que la propuesta de la Comisión Técnica, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social dictará resolución.

"Las personas con discapacidad física y orgánica tenemos que poder transitar hacia la jubilación de manera que se contemplen nuestras situaciones específicas directamente relacionadas con la discapacidad o la patología que tenemos", añade Queiruga.

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