
El cobro de prestaciones por desempleo ha sido durante mucho tiempo algo imposible para las trabajadores del sistema especial de empleadas de hogar, integrado en el Régimen General de la Seguridad Social. Pero ahora a estas ciudadanas se les están abriendo todas las puertas que antes se le cerraban por ley.
También se están abriendo esas puertas por la vía judicial. Así, los tribunales han empezado a dictar sentencias que reconocen el cobro del subsidio para mayores de 52 años al que tienen derecho las trabajadoras del hogar incluso aunque no hayan cotizado lo suficiente, es decir, lo que estipula la ley.
En concreto, es la Ley General de la Seguridad Social la que determina que es obligatorio llegar a una cotización por desempleo de al menos seis años para cobrar el subsidio para mayores de 52 años, de acuerdo con los artículos 266 y 280 de la ley, que se pueden consultar en este enlace.
El problema para las empleadas de hogar es que no tuvieron derecho a acumular esa cotización porque se les privó de poder hacerlo. El Gobierno aprobó en 2022 la aplicación del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo por el que se reconoce el derecho de cobrar prestaciones por desempleo a estas empleadas.
Así, resulta imposible acumular esas cotizaciones para el cobro de prestaciones...pero la justicia ha decidido imponer un cambio a la hora de aplicar la ley, eliminando ese requisito porque, de lo contrario, entiende que se mantiene la desigualdad que la misma ley trataba de resolver.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra reconoció a una empleada de hogar el derecho a percibir el subsidio para mayores de 52 años a pesar de que no contaba con la cotización obligatoria tras más de 20 años dada de alta en la Seguridad Social en tres periodos diferentes entre 1985 y 2012.
La sentencia, a la que se puede acceder desde este enlace, recoge el sentir del tribunal, que considera que es "necesario computar como cotizados los periodos anteriores en los que figuró encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar" para evitar una discriminación sobre la empleada de hogar, que no tuvo opciones de llegar a las cotizaciones obligatorias a pesar de más de dos décadas en el sistema especial de empleadas de hogar.
El tribunal esgrime que, de no permitirse a la empleada cobrar el subsidio, se la colocaría en una "situación vulneradora de derechos fundamentales y conformadora de discriminación por razón de sexo", dado que ello la perjudicaría directamente "al no verse reconocido su derecho al percibo del subsidio reclamado pese a haber trabajado y cotizado al Sistema Especial de Empelados del Hogar".