
El repunte de los ceses por no superar el periodo de prueba es uno de los efectos colaterales más destacados de la reforma laboral. Según los registros de Seguridad Social, en lo que va de 2024 se han producido una media de 3.941 bajas de afiliación cada día laborable por esta causa, de las que 2.826, el 71,7% corresponden a contratos indefinidos. Una cifra que se ha multiplicado por 10 respecto a la situación anterior a la nueva legislación.
En total, en los diez primeros meses del año se han producido 842.846 bajas de asalariados por no superar el periodo de prueba, de los que 604.056 tenían un empleo fijo. En el mismo periodo de 2019, las bajas acumuladas llegaron a 577.457, mientras las de los trabajadores supuestamente estables se quedaron en 115.788. Esta evolución en cinco años responde claramente a que los contratos indefinidos se han disparado: han pasado de suponer el 9% de los suscritos cada mes al 40%.
El incremento es aún más intenso si tomamos como referencia los datos de 2021, justo antes de la aprobación de la norma. El total de bajas por no superar el periodo de prueba se han disparado un 89% desde entonces y la de los indefinidos un 919%. Hay que tener en cuenta que 2021 fue un ejercicio aún marcado por los efectos de la pandemia en la contratación, que distorsionaron a la baja las cifras.
En todo caso, la intensidad con la que se ha disparado el recurso al periodo de prueba para extinguir contratos ha disparado también las alarmas incluso en el seno del Ejecutivo. Las bajas por no superar el periodo de prueba no son despidos, de hecho, no conlleva indemnización alguna, con lo que existe la sospecha de que muchas empresas usan esta figura para "maquillar" como indefinidos a puestos que en realidad son temporales. Ahorrándose de paso la compensación por caducidad de un contrato temporal, fijada en 12 días por año.
Faltan dos meses para tener los datos de bajas a cierre del año, aunque al ritmo actual es previsible que terminen el ejercicio muy cerca de la barrera del millón o que incluso la superen, algo que ocurriría por primera vez en la serie histórica.
Otra forma de medir el impacto del periodo de prueba es utilizar la tendencia diaria, es decir, el número medio de bajas por día laborable (un dato que también ofrece la Seguridad Social). Esta variable da una idea algo más aproximada de la situación en el conjunto del año. Así, el promedio de bajas diarias de afiliación para lo que va de 2024, 3.941 supera en un 45% el registrado en 2019 y el de los indefinidos, 2.826 lo hace en un 380% (lo que equivale a multiplicarlo por 4,8), a costa de la notable reducción de los temporales.
Si tomamos como referencia 2021, la variación se eleva al 88% para el total de asalariados y un 908% para los indefinidos. Es decir, que las bajas por no superar el periodo de prueba se han multiplicado por 10 desde el momento inmediatamente anterior al cambio legal. Respecto al año pasado, se anota un incremento del 2%, lo que muestra una estabilización, en ningún caso una corrección de un aumento inédito de estas bajas. Tengamos en cuenta que en el último año, la firma de contratos ha descendido un 0,6% y la de indefinidos un 2%.
El hecho de que los niveles se mantengan confirma que no se trata de un repunte puntual por la adaptación de las empresas a la nueva obligación de hacer contratos fijos, sino una nueva realidad del mercado laboral.
Díaz no logra ponerles coto
Esta tendencia resulta aún más llamativa porque este mismo año la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció una ofensiva de la Inspección de Trabajo para evitar el abuso del periodo de prueba.
Los efectivos de este organismo se dedican a "verificar especialmente" los contratos de trabajo, ya sea a tiempo parcial o jornada completa, "que se extinguen por no superar el periodo de prueba a pesar de haber excedido su duración máxima", así como "los despidos (sic) de personas trabajadoras que no superan el periodo de prueba a pesar de haber sido contratada previamente para realizar las mismas funciones".
Pero estas operaciones no han reducido los ceses de este tipo, en parte porque se centran en aquellos casos que vulneren de manera flagrante la ley, cuando el problema son los que cumplen escrupulosamente el marco legislativo actual. Y es que la regulación es demasiado laxa en este caso. El artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores establece que "en defecto de pacto en convenio", la duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores, o tres si la empresa tiene menos de 25 trabajadores. Esta redacción permite que los límites a la duración del periodo de prueba sean modificados al alza por acuerdo en convenio colectivo.
Díaz mantuvo esta precisión en la reforma laboral con la idea de que la negociación colectiva entre patronales y sindicatos negociara a la baja los plazos, pero esta apuesta fue ignorada en la firma de convenios: se siguieron ampliando las duraciones.
El plan actual de Díaz pasa por incluir en la trasposición de la directiva europea de condiciones laborales transparentes y previsibles una nueva redacción del Estatuto para que los convenios no puedan "ampliar la duración de estos periodos de prueba" en ninguno de los supuestos.
Además, reduce a un mes la duración del periodo de prueba par los contratos temporales de duración inferior a seis meses, aunque si los contratos duran menos de siete días no podrán tener periodo de prueba. Pero esta nueva ley, que llegó en febrero al Congreso, no ha avanzado en su tramitación desde sus fases iniciales.
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