
La idas y venidas en la negociación sobre la reducción de la jornada laboral abierta entre el Gobierno, patronal y sindicatos, en la que recientemente ha irrumpido el PP con su propio y polémico plan, tiene en vilo a las empresas por su repercusión en términos de costes laborales y productividad. Y muchas empiezan a plantarse que debe compensarse a costa de otras "concesiones" a sus trabajadores que también se dirigían mejorar la conciliación. Esto se traduce en eliminar completamente el teletrabajo para sus plantillas.
En el último año se han multiplicado las dudas y consultas en los despachos de abogados sobre las implicaciones que tendrá combinar una reducción del jornada legal con los puestos en remoto. Si las empresas se ven obligadas a hacer equilibrios con las nuevas exigencias de la reducción de jornada y las que ya contempla la aplicación del teletrabajo, muchos empleadores consideran que el segundo debe desaparecer.
Esta es una derivada que no se ha planteado en la tensa negociación abierta entre el Ministerio de Trabajo, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme. Ninguno de ellos está interesado en reabrir un 'melón' que consideran definitivamente cerrado con el acuerdo para la Ley de trabajo a distancia de 2021, una norma que buscaba clarificar cuestiones tan relevantes, desde los derechos de los trabajadores a quién paga los gastos en "equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de la actividad laboral", obligación que recae en la empresa.
Pero la Ley estableció un doble rasero: solo se aplica para el "trabajo a distancia regular", entendido como aquel que se preste "en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del treinta por ciento de la jornada, o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo".
Cuánto se teletrabaja en España
Esto ha tenido consecuencias en la implantación del teletrabajo, que pasó de un alcance récord del 17% de los asalariados en 2020 a un 9% en el tercer trimestre de 2022, según los datos de la Encuesta de Población Activa. Aun así, desde entonces ha recuperado posiciones y en el segundo trimestre de este año alcanzaba el 12%, el nivel más alto desde 2021 (cuando entró en vigor la normativa) y casi el triple que el 4,2% que alcanzaba en 2009.
Pero esta recuperación se debe no tanto a quienes trabajan más de la mitad de su jornada en remoto , cuyo porcentaje ha repuntado del 5,2% al 6,2%, como a los que solo lo hacen ocasionalmente, que han subido del 3,9% a un 5,9% del total de trabajadores.
Esta evolución hacia un mayor peso de lo que algunos denominan como "jornada híbrida" ha sido similar a la del resto de la UE. Pero en ningún caso significa que España haya escalado posiciones en la comparativa europea: sigue por debajo la media en el ranking de la UE (19,8%) y de tasas de teletrabajo como el 21,7% en Alemania, el 29.8% en Francia o el 41,7% de Países Bajos.
Esta relativa resistencia al teletrabajo que reflejan los datos de la EPA contrasta con los de la Encuesta de uso de TIC y Comercio Electrónico, también elaborada por el INE, que señala que un 34,2% de las empresas de 10 o más empleados y un 17,4% de las de menos permiten teletrabajar. Eso sí, según esta estadística, cuyas cifras llegan al primer trimestre de 2023, solo un 18,92% de los asalariados lo hace, con una media de 2,41 días.
Las cifras fluctúan enormemente entre sectores. La hostelería anota un 20,97% de empresas y un 8,6% de trabajadores que optan por el remoto, mientras el sector de la información y comunicaciones alcanza un 87% de firmas y un 67% de asalariados. En todo caso las cifras rotundamente contrastan con las de la EPA, lo que solo puede explicarse porque la aplicación en el día a día del teletrabajo es mucho más volátil en el día a día que en las estimaciones de las propias empresas.
Esto apunta a algo que los despachos de abogados constatan: muchas empresas no ven el teletrabajo como una necesidad productiva o estructural, sino como una 'concesión' a los trabajadores para facilitar la conciliación un día a la semana en los que el rendimiento es mucho menor. En este escenario, sería redundante con la reducción de jornada. Sobre todo si se mezcla con extremos como el de trabajar cuatro días. Para estos empleadores, esto supondría en la práctica perder dos días de trabajo.
¿Más costes para las empresas?
"Algunas organizaciones están valorando volver a la oficina al 100% para compensar los efectos de la propuesta de reducción de jornada, sobre todo, aquellas empresas que por cultura ven el teletrabajo como un 'medio descanso' y no como trabajo realmente efectivo", confirma Omar Molina, de Augusta Abogados.
Aunque este experto apunta que la duda más frecuente no se refiere a la jornada de cuatro días, sino a la reducción de 40 a 37,5% del límite legal y su impacto en el límite del 30% de tiempo de teletrabajo para que la empresa deba correr con los gastos.
Molina recuerda que para una jornada laboral de 40 horas semanales, el 30% son 12 horas, lo cual equivale a 1,5 días de teletrabajo, si pensamos en una semana de trabajo de lunes a viernes (asumiendo 8 horas diarias). Pero aplicar media jornada n presencial y media en remoto es algo tan complejo que la práctica general es redondear los días semanales de teletrabajo solo a uno.
"Muchas empresas son conscientes que si implementan más de un día de trabajo a distancia, tendrán que aplicar la Ley, de modo que se mueven en un día de teletrabajo, en algunas ocasiones, con el fin de 'desmarcarse' de ella", explica. En este sentido recuerda que superar este umbral impone una serie de obligaciones a la empresa, como por ejemplo, abonar los gastos asociados al trabajo en remoto.
Pero con la reforma, para una jornada de 37,5 horas semanales, aplicando la misma lógica, el 30% son 11,25 horas, lo que equivale a 1,4 días de teletrabajo. Es decir, las empresas pueden seguir aplicando la 'jornada híbrida' de un día sin coste adicional. Siempre, eso sí, que no se toquen los límites legales.
Pero los expertos son conscientes que, aunque este impacto sea reducido siempre que se cumplan estas condiciones, todo incremento en la rigidez del sistema supone un clavo adicional en el ataúd del teletrabajo. Sobre todo, porque las empresas se preguntan qué ocurrirá después de que se alcancen las 37,5 horas.
El teletrabajo "no tiene por qué morir"
El plan del Gobierno no se queda en reducir a este umbral la jornada. A partir de aquí, el compromiso de PSOE y Sumar es "seguir avanzando en la disminución de la jornada legal" teniendo en cuenta las características de los distintos sectores de actividad y "la evolución de la productividad y las circunstancias económicas", tal y como recoge su acuerdo para constituir el Gobierno de coalición.
Ante esta perspectiva, las empresas van a tener que replantearse su relación con el teletrabajo más allá de fijarse en los límites legales. En esta dirección señala Cristina Andrés Paramio, responsable de Recursos Humanos del grupo Arconi. "La reducción de jornada que se nos viene encima requerirá una necesaria revisión de cómo se distribuyen las tareas, de cómo se plantean los objetivos, así como, una evaluación de los horarios de trabajo y la definitiva implantación de la desconexión digital", incide.
También aboga por revisar el propio concepto de productividad, para que se sostenga sobre el cumplimiento de objetivos y no sobre la presencialidad y las horas de trabajo. Aunque esto último obliga a revisar a fondo la cultura de muchas organizaciones.
"El teletrabajo no tiene por qué morir, puede continuar siendo viable si se trabaja en un entorno de confianza, autonomía y auto-responsabilidad", afirma esta experta en declaraciones a elEconomista.es. A su juicio, "podría convertirse en una oportunidad para reinventar el trabajo híbrido, si se gestiona adecuadamente",
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