Economía

Cuánto cobrará una persona que se jubila sin haber cotizado 40 años

Foto: Getty.

La cuantía de la pensión de jubilación es la clave que determina el futuro de un jubilado, y no es para menos: supondrá su principal fuente de ingresos una vez que deje de trabajar y se convierta en pensionista.

En España la cotización gira en torno a todo lo que tiene que ver con una pensión de jubilación. Y, por lo tanto, la cuantía de esta prestación también depende de lo que haya cotizado una persona a lo largo de su vida, ya sea por cuenta propia o ajena. A más años cotizados, más opciones de que esa pensión sea de mayor cuantía, razón por la cual todos los trabajadores siempre realizan proyecciones de cara al futuro.

Por ejemplo: ¿qué pensión me quedará si he cotizado menos de 40 años? Es una cantidad significativa de tiempo: no todos los trabajadores llegan a alcanzar, sumando todos sus empleos, esa cotización a lo largo de su vida laboral. Esto, lógicamente, tendrá impacto en su pensión.

En primer lugar, el ciudadano debe saber a qué pensión de jubilación tiene derecho. Un aspecto que dependerá también de los años trabajados, en concreto, de si se ha llegado 15 años cotizados.

Qué pensión cobras si no has cotizado 15 años

En este caso solo será posible percibir la pensión no contributiva de jubilación, aquella que se destina a las personas que no han llegado a los 15 años a los que obliga la pensión contributiva. El IMSERSO la define en su página web como la pensión que "asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva".

La ausencia de cotizaciones no es la única condición para cobrar la pensión no contributiva de jubilación. Es necesario, además, acreditar otros requisitos:

  • Una edad de al menos 65 años.
  • Una residencia de al menos 10 años en España entre los 16 y los 65 años, de los cuales dos deben ser en los inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Percibir rentas inferiores a 7.250,60 euros anuales. Si se vive en una unidad de convivencia con dos personas el límite sube a 12.326,02 euros anuales, si es de tres personas el límite sube a 17.401,44 euros anuales y si es de cuatro personas o más sube a 22.476,86 euros anuales. Si en esa unidad de convivencia hay padres o hijos conviviendo, los límites suben a a 30.815,05 euros anuales (unidades de dos personas), 43.503,60 euros anuales (unidades de tres personas) y 56.192,15 euros anuales (unidades de cuatro o más personas).

Cuantía de la pensión si no has cotizado 15 años

Con la llegada de 2024 las pensiones no contributivas de jubilación han subido un 6,9%, dejando las siguientes cuantías, tal y como publica el IMSERSO:

  • La pensión es de 517,90 euros mensuales y 7.250,60 euros anuales.
  • La pensión del 25% es de 129,48 euros mensuales y 1.812,65 euros anuales.
  • Si conviven varios beneficiarios de pensión en la misma unidad es de 440,22 euros mensuales (6.163,01 euros anuales) para cada uno si conviven dos beneficiarios y de 414,32 euros mensuales (5.800,48 euros anuales) para cada uno si conviven tres o más.

Qué pensión cobras si has cotizado 15 años o más

De ser así, el ciudadano sí podrá cobrar la pensión contributiva de jubilación, la joya de la corona del sistema de pensiones español. Con todo, la acumulación de cotizaciones suficientes no es el único requisito para cobrarla y hay más:

  • Llegar a la edad ordinaria de jubilación: en 2024 es de 65 años si el trabajador tiene 38 años cotizados o de 66 años y seis meses en caso contrario.
  • Estar en situación de alta o asimilada a la Seguridad Social y al corriente de pagos.
  • Alcanzar una cotización de dos años dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.

Cuantía de la pensión si has cotizado 15 años o más

Hay que recurrir al método de cálculo de las pensiones de jubilación de la Seguridad Social, que suma las bases de cotización de los 25 últimos años (300 bases) y las divide entre 350 para el cálculo de la base reguladora. En este procedimiento la Seguridad Social aplica coeficientes a todas las bases salvo las de los dos últimos años para reflejar el efecto de la inflación y los trabajadores (salvo empleadas de hogar y autónomos) pueden beneficiarse de la integración de lagunas para rellenar con bases ficticias los periodos sin cotizar.

Después hay que conocer el porcentaje de base reguladora al que tiene derecho el trabajador en su pensión de jubilación. Depende de los años cotizados por ese trabajador:

  • Con el mínimo de 15 años se garantiza el 50% de la base reguladora.
  • Por cada uno de los siguientes 49 meses se garantiza un 0,21% extra de la base reguladora.
  • Por cada uno de los siguientes 209 meses se garantiza un 0,19%.

Tomando como referencia estos porcentajes, la pensión de jubilación podrá tener la siguiente cuantía:

  • La cuantía de la pensión de jubilación con 16 años cotizados es del 52,52% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 17 años cotizados es del 55,04% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 18 años cotizados es del 57,56% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 19 años cotizados es del 60,08% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 20 años cotizados es del 62,38% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 21 años cotizados es del 64,66% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 22 años cotizados es del 66,94% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 23 años cotizados es del 69,22% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 24 años cotizados es del 71,50% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 25 años cotizados es del 73,78% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 26 años cotizados es del 76,04% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 27 años cotizados es del 78,32% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 28 años cotizados es del 80,60% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 29 años cotizados es del 82,88% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 30 años cotizados es del 85,16% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 31 años cotizados es del 87,44% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 32 años cotizados es del 89,72% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 33 años cotizados es del 92% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 34 años cotizados es del 94,28% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 35 años cotizados es del 96,56% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación con 36 años cotizados es del 98,84% de la base reguladora.
  • La cuantía de la pensión de jubilación a partir de 36 años y medio cotizados es del 100% de la base reguladora.

Cuantías mínimas y máximas de la pensión de jubilación

La normativa de pensiones contempla cuantías mínimas y máximas para todas las pensiones, incluida la de jubilación. Las cuantías mínimas dependen de las circunstancias del pensionista:

  • Cuantía mínima para jubilados de 65 años o más: 14.466,20 euros al año con cónyuge a cargo, 10.966,20 euros al año con cónyuge no a cargo y 11.552,80 euros al año sin cónyuge.
  • Cuantía mínima para jubilados con 65 años procedentes de gran invalidez: 21.698,60 euros al año con cónyuge a cargo, 16.448,60 euros al año con cónyuge no a cargo y 17.329,20 euros al año sin cónyuge a cargo.
  • Cuantía mínima para jubilados de menos de 65 años: 14.466,20 euros al año con cónyuge a cargo, 10.215,80 euros al año con cónyuge no a cargo y 10.808 euros al año sin cónyuge.

En cuanto a las cuantía máxima de las pensiones, solo existe una común para todos los tipos de pensión contributiva: 3.175,04 euros al mes, un total de 44.450,56 euros anuales en 14 pagas.

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