Economía

¿Hasta dónde puede llevar Díaz su reforma del despido? Bruselas le marca las líneas rojas

  • La justicia europea trastoca la agenda para negociar los cambios  
  • El PSOE marca distancias con la indemnización "disuasoria" de Sumar 
  • Bruselas rechazará que el mercado laboral español vuelva a la 'rigidez' previa a 2012
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Foto: EP

La reciente comparecencia de Yolanda Díaz ante la Comisión de Trabajo del Congreso aportó pocas concreciones sobre la gran incógnita de su hoja de ruta: la reforma del despido. La vicepresidenta repitió casi punto por punto el contenido del acuerdo de Gobierno ente PSOE y Sumar con un único añadido: la supresión del 'despido automático' cuando un empleado es declarado en situación de incapacidad permanente total para su puesto de trabajo. Un cambio legal que nunca había estado sobre la mesa hasta que lo impuso una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este giro de timón en las prioridades pone de manifiesto hasta qué punto los planes de la líder de Sumar pueden cambiar en función de las decisiones que vienen de Europa.

Precisamente la cuestión del despido por incapacidad será la que inaugure la negociación sobre los cambios en la regulación de los ceses. Se trata de una corrección del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, que recoge actualmente que el contrato de trabajo "se extinguirá, por gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador" sin derecho a indemnización o despido, aunque deja en manos del convenio colectivo las condiciones de recolocación en un puesto adecuado. Pero ahora el TJUE señala que la redacción del texto legal contraviene las disposiciones europeas. Soprende que, pese a que en la pasada legislatura se aprobaron varias prohibiciones de despedir, este apartado nunca se trató en el diálogo social.

En cambio, Díaz lleva casi dos años hablando de una indemnización "disuasoria" en los casos de despido "injustificados", es decir, los declarados improcedentes, que actualmente reciben una indemnización de 33 días por año trabajado. No se ha hablado en ningún momento de elevar la de los considerados procedentes por causas objetivas, que reciben solo 20 días. Aunque en este caso sí se plantea "reforzar la causalidad". Es decir: acotar más los supuestos que los avalan. Se trata de dos cuestiones que la líder de Sumar finalmente logró introducir en su acuerdo de Gobierno con Pedro Sánchez, pero que ahora quedan postergadas para dar cumplimiento a la sentencia del TJUE.

Son dos cuestiones que, finalmente, logró introducir en su acuerdo de Gobierno con Pedro Sánchez, pero que ahora quedan postergadas para cumplir con la sentencia del TJUE.

Este endurecimiento del despido busca derogar de manera indirecta las bases de la reforma laboral del PP de 2012 que no pudo tocar en la suya para lograr un acuerdo con patronal y sindicatos, pero también con Bruselas. En el marco de los acuerdos para recibir los fondos europeos de recuperación tras la pandemia, la Comisión Europea puso como condición que "los cambios no darán lugar a obstáculos desproporcionados para que las empresas se adapten al ciclo y respondan a la evolución de la productividad".

Facilitar que las empresas 'se adapten' fue precisamente el objetivo declarado del abaratamiento del despido improcedente de 45 a 33 días introducido por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, que en su momento recibió un elogio claro de Bruselas pese a que su reforma se aprobó sin acuerdo con patronal y sindicatos. Por ello, las legislaciones introducidas por Díaz en la anterior Legislatura no quisieron abrir este melón. La pregunta es si podrá hacerlo ahora.

Una hoja de ruta no tan clara

La líder de Sumar ha encontrado un resquicio en las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) que determinó que la regulación de la indemnización por despido improcedente de Francia, Italia y Finlandia contravenía los preceptos de la Carta Social Europea de que el coste del despido debe ser "reparativo" para el caso del afectado y disuasorio. Los sindicatos han presentado una reclamación similar para el caso de España. A ello se suman varias sentencias judiciales que se han adelantado al Comité y deciden indemnizaciones superiores a los 33 días acogiéndose a dicha Carta. Aunque también hay sentencias en dirección contraria, con lo cual si no cambia la ley, el Supremo tendrá que dictar jurisprudencia.

Aunque en su comparecencia Díaz dio por hecho un fallo europeo contra a la legislación española que obligaría a negociar en el diálogo social un "mecanismo que "repare adecuadamente los daños" de un despido injustificado y que sea económciamente "disuasorio" para la empresa, la realidad es más compleja.

La ministra de Trabajo considera que la norma española es "anómala" en el contexto europeo porque fija con "anticipación" el valor de la indemnización con independcia de las circunstancias personales del afectado. Pero si corregir esto conduce una compensación 'variable' dispararía la inseguridad jurídica de contratar a aquellas personas que la propuesta de Díaz quiere beneficiar, como los mayores (especialmente mujeres) de 50 años. Estos ya son el colectivo más numeroso entre los parados. Dicho de otra forma: 'blindar' a los que tienen trabajo a esta edad condenaría al exilio del mercado laboral a los que lo han perdido.

En este contexto, hay que recordar algo que Dïaz y los sindicatos obvian: el CEDS no es un órgano judicial, con lo cual sus decisiones no son vinculantes como las del TJUE, y de hecho ni Francia, Finlandia o Italia han cambiado su regulación del despido por el varapalo. Díaz no puede esgrimir como imposición de Europa algo que no es tal. Y que ni siquiera ampararía su idea de cómo interpretar la eventual resolución: El CEDS no va a entrar en la forma en la que se debe materializar ese despido "disuasorio". Las opciones están abiertas. Por ejemplo, UGT plantea que,en paralelo a elevar el coste, se introduzca un tope mínimo en la indemnización como en Italia (curiosamente, un país 'condenado' por el CEDSE). Otros miran a Portugal, también con un sistema similar.

Además, aunque Díaz tiene clara su hoja de ruta, el PSOE marca distancias y se limita a hablar de "cumplir con la Carta Social Europea" sin entrar en la fórmula concreta. Su posición se inclina por dejarlo en manos de los jueces para que se aplique en casos particulares y no con baremos fijos vía legal. Pero los sindicatos lo rechazan porque consideran que esa vía acabará siendo clausurada por el Tribunal Supremo cuando unifique doctrina.

El problema de la rigidez

A la Comisión Europea, en cualquier caso, no le preocupa tanto el coste como la "dualidad" entre la indemnización por despido (33 o 20 días) y por finalización de un empleo temporal (12 días por año), que lleva a que esta sea siga siendo la opción mayoritaria de contratación en el mercado laboral, pese a la reforma laboral. Aunque quizá le preocuparía más la única cuestión en la que PSOE y Sumar parecían estar plenamene de acuerdo: endurecer la causalidad del despido.

Las dos reformas laborales aprobadas durante la Gran Recesión (2010 del PSOE y 2012 del PP) tuvieron como objeto cumplir el mandato de Bruselas de introducir en el mercado laboral español el principio de "flexiseguridad" tanto en la contratación como los despidos. Facilitar y clarificar el despido permitiría que las empresas pudieran sobrevivir a la crisis destruyendo el empleo imprescindible, para agilizar su recuperación en cuanto el ciclo empezara a cambiar. Aunque si esto se logró sigue siendo objeto de debate, de lo que no hay duda es que la propuesta de Díaz va en dirección contraria.

A pesar de todo, en las últimas semanas los socialistas se han mostrado mucho menos explícitos que sus compñeros de Gobierno en lo que entienden por "reforzar" las causas del despido, lo que anticiparía una ardua negociación en el seno del Ejecutivo como la que tuvo lugar con los subsidios antes de llevar la cuestión a la Mesa del Diálogo Social. O al menos así sería si no fuera porque esa Mesa ya se ha abierto.

La sentencia del TJUE sobre el despido automático por incapacidad sí obliga a un inmediato cambio de la legislación española. Y aunque desde Trabajo la desvinculan del resto de cuestiones, Díaz y los sindicatos saben que tienen la ocasión de 'echar a rodar' un debate que seguramente el área del PSOE desearía aplazar para que no se mezcle con cuestiones políticas como la Ley de Amnistía o el apoyo a los Presupuestos Generales del Estado.m La duda, en cualquier caso, sigue estando en hasta dónde pueden llegar en sus promesas de encarecer y endurecer el despido en España sin que Bruselas desempolve los reparos por la rigidez de la legislación laboral española.

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